Sentencia nº 000189-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 25 de Febrero de 2002

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente840-2001/OIN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 189-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 840-2001/OIN-Queja
1-12
RECURRENTE : PHARMACIA & UPJOHN COMPANY
QUEJADO : JEFE DE LA OFICINA DE INVENCIONES Y NUEVAS
TECNOLOGÍAS
Queja por supuestos defectos en la tramitación: por no aceptar la demora de un
día en la fecha de presentación de una patente que reivindica prioridad
extranjera
Lima, veinticinco de febrero de dos mil dos
I. ANTECEDENTES
Con fecha 21 de agosto del 2001, Pharmacia & Upjohn Company (Estados Unidos de
América) - reivindicando prioridad extranjera en base a las solicitudes N° 60/226,164 y
N° 60/284,966 presentadas con fechas 18 de agosto del 2000 y 19 de abril del 2001,
respectivamente, en los Estados Unidos de América - presentó la patente de invención
denominada COMPUESTOS ARILICOS SUSTITUIDOS CON QUINUCLIDINAS PARA
EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES, cuyos inventores son Jason K. Myers,
Vincent E. Groppi, Jr. y David W. Piotrowski.
Con fecha 13 de setiembre del 2001, Pharmacia & Upjohn presentó copia certificada
de la solicitud Nº 60/226,164 cuya prioridad se reivindica.
Mediante proveídos de fecha 18 de setiembre del 2001, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías dispuso lo siguiente:
a) requirió a la solicitante que cumpla con presentar la solicitud extranjera en el plazo
de 16 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, bajo
apercibimiento de perder el derecho de prioridad.
b) requirió a la solicitante que efectúe el pago por cada reivindicación de prioridad
extranjera en el plazo de 16 meses, contados a partir de la fecha de presentación
de la solicitud, bajo apercibimiento de perder el derecho de prioridad.
c) requirió a la solicitante que presente copia legalizada del documento de cesión
dentro del término de dos meses.
d) precisó que la solicitud extranjera N° 60/226,164 de fecha 18 de agosto del 2000
no puede ser reivindicada por haber perdido el derecho de prioridad, de
conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Decisión 486.
e) agregó a sus antecedentes la solicitud extranjera N° 60/226,164 adjuntada el 13 de
setiembre del 2001.
Con fecha 20 de setiembre del 2001, Pharmacia & Upjohn Company presentó copia
certificada de la solicitud de prioridad extranjera N° 60/284,966 presentada en los
Estados Unidos de América el 19 de abril del 2001.
Mediante proveído de fecha 25 de setiembre del 2001, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías tuvo por cumplido el mandato de fecha 18 de setiembre del 2001,

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