Sentencia nº 000547-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 10 de Junio de 2002

Fecha de Resolución10 de Junio de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1279-2000/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 547-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1279-2000/ODA
1-18
DENUNCIANTE : PROGRESS SOFTWARE CORPORATION
DENUNCIADOS : SOLUCIONES PROGRESS S.A.
JUAN CARLOS VALDIVIA ZEVALLOS
Infracción a los Derechos de Autor - Incompetencia de la Sala para
pronunciarse sobre el incumplimiento de un contrato de distribución
Lima, diez de junio de dos mil dos
I. ANTECEDENTES
Con fecha 5 de diciembre del 2000, Progress Software Corporation interpuso
denuncia por infracción a los derechos de autor contra la empresa Soluciones
Progress S.A. y contra el señor Juan Carlos Valdivia Zevallos, gerente general de
dicha empresa, manifestando lo siguiente:
(i) Ser titular en los Estados Unidos de América de derechos de autor sobre los
programas denominados PROGRESS 4GL y RDBMS, que incluyen el
Workgroup DataServer, Progress Enterprise Dataserver y Progress
AppServer; Progress ClientNetworking y Progress ProVision, entre otros.
(ii) Precisó que con fecha 1º de diciembre de 1999, suscribieron un contrato de
distribución con la empresa denunciada, mediante el cual esta última se
comprometía a actuar como un distribuidor no exclusivo en la
comercialización de sus productos, bajo las condiciones establecidas en el
mismo documento. Adjuntó copia del citado contrato.
(iii) Indicó que con fecha 16 de febrero del 2000, tomó conocimiento que la
empresa Mercadeo Comercial S.A. adquirió (el 26 de noviembre de 1999) a la
denunciada las licencias de uso de tres programas (Progress Workgroup
DataServer 8.3B, para 19 usuarios, Progress ClientNetworking 8.3B, para 19
usuarios y Progress PorVision 8.3, para un usuario), siendo que la
denunciada no les comunicó el pedido efectuado, ni ordenó el envío de las
licencias correspondientes. Posteriormente, la empresa Mercadeo Comercial
S.A. les comunicó que habían cancelado a la denunciada el valor de los
productos detallados, siendo que además se les instaló de manera provisional
las licencias Workgroup 2559008 y ProVision 2559007, las cuales
correspondían a otro usuario (la empresa Grafipapel), tal como consta en su
base de datos de Licencia de Uso.
(iv) Por lo anterior, decidieron resolver el contrato de distribución el 22 de abril del
2000, siendo que con posterioridad a esa fecha tomaron conocimiento de
otras irregularidades cometidas por la denunciada que violaban sus derechos
de autor sobre los programas de su propiedad. Así, precisó que la denunciada
le instaló a la firma Tyco Electronic del Peru S.A.C. la Licencia de Enterprise

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR