Sentencia nº 002658-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente781-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2658-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 781-2009/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : EMPRESA DE TRANSPORTES NOR PASCO S.R.L.
DENUNCIADO : SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
MATERIA : TEMAS PROCESALES
NULIDAD DEL CONCESORIO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución 2 del 16 de julio de 2009,
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur, que
concedió el recurso de apelación interpuesto por Empresa de Transportes
Nor Pasco S.R.L. contra la Resolución 1953-2009/CPC, emitida el 24 de junio
de 2009, y, en consecuencia, se declara improcedente dicho recurso, al no
haberse cumplido con precisar cuál es el error en la fundamentación de la
resolución impugnada.
Lima, 25 de noviembre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 20 de marzo de 2009, Empresa de Transportes Nor Pasco S.R.L. (en
adelante, Transportes Nor Pasco)1 denunció a Scotiabank Perú S.A.A. (en
adelante, el Banco)2 ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede
Lima Sur (en adelante, la Comisión) por infracción del artículo 8º del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor.
2. En su escrito de denuncia, Transportes Nor Pasco señaló que en el marco
del contrato de leasing celebrado con el Banco3, éste mediante carta del 4 de
marzo de 2009 le denegó la posibilidad de renegociar la deuda derivada de
dicho contrato, exigiéndole la devolución de los bienes materia de leasing,
esto es, los 5 camiones marca Hyundai.
3. Mediante Resolución 1953-2009/CPC del 24 de junio de 2009, la Comisión
declaró improcedente la denuncia de Transportes Nor Pasco, considerando
1 RUC 20479758752, con domicilio fiscal en Av. Venezuela 2584, Barsallo, Chiclayo, Lambayeq ue.
2 RUC 20100 043140, con domicilio fiscal en Calle Mayor A rmando Blondet 135 Urb. Santa Ana Lima - Lima - San
Isidro.
3 Conform e a los anexos que obran en l as fojas 21 a 23 del expedient e, Transportes Nor Pasco y el Banc o celebraron
un contrato de l easing el 22 de noviembre de 2004 en referencia a 5 camiones marca Hyundai estableciendo que el
monto de capital financiado por la loc adora (el Banco) asc endía a US$ 89 235,29 y que el valor de la opción de
compra concedida a la arrendataria (Transportes Nor Oriente) ascendía a US$ 1 061,90. Asim ismo, s e fijó un
cronograma de pago de los US$ 89 2 35,29 en 24 cuotas mensuales, el cual obra en l a foja 23 del expediente.

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