Sentencia nº 000936-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Abril de 2012

Fecha de Resolución10 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0001-2011/CEB-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0936-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2011/CEB-I NDECOPI-AQP
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEJÍA
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 1-2011/INDECOPI-AQP del
31 de enero de 2011, debido a que la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi en Arequipa inició un procedimiento sancionador por un presunto
incumplimiento al artículo 61 del Decreto Legislativo 776-Ley de Tributación
Municipal, pese a que, a la fecha de inicio del procedimiento, no existía
evidencia alguna que diera cuenta que la Municipalidad efectuaba cobros de
naturaleza tributaria en las playas de su distrito que limitaban el ingreso o la
salida a las mismas, contando únicamente con un hecho que no guarda
conexidad alguna con la imputación efectuada, consistente en la falta de
respuesta a un requerimiento de información sobre cobros en las playas.
Adicionalmente, de la revisión de la resolución de inicio de procedimiento se
evidencia que la Comisión no señaló los motivos por los que los “presuntos
cobros” que efectuaría la Municipalidad constituirían un supuesto de
restricción al libre tránsito de personas contemplado en el artículo 61 del
Decreto Legislativo 776-Ley de Tributación Municipal.
En tal sentido, teniendo en cuenta que la Resolución 1-2011/INDECOPI-AQP
carece de motivación y afecta el principio de congruencia corresponde
declararla nula. Adicionalmente, teniendo en cuenta que, a la fecha de la
emisión de dicho acto administrativo no existía ningún indicio que sustente
el inicio de un procedimiento sancionador, corresponde declarar concluido
el procedimiento.
Lima, 10 de abril de 2012
I ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 001-2011/INDECOPI-AQP del 31 de enero del 2011, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en adelante, la
Comisión) inició un procedimiento de oficio contra la Municipalidad Distrital
de Mejía (en adelante, la Municipalidad) y contra la señora Juana Rosa
Arenas Aspilcueta, alcaldesa de la Municipalidad (en adelante, la Alcaldesa),
por el presunto incumplimiento del artículo 61 del Decreto Legislativo 776-
Ley de Tributación Municipal, debido a que la Municipalidad estaría

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