Sentencia nº 000502-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0052-2009/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia
RESOLUCIÓN 0502-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 052-2009/CEB
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO
DENUNCIANTE : JESÚS MARÍA DEL PILAR MONTENEGRO LEVY
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
ILEGALIDAD
AUSENCIA DE RAZONABILIDAD
ACTIVIDAD : ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0181-2009/CEB-INDECOPI del 24 de
setiembre de 2009, en el extremo que declaró como barrera burocrática ilegal
la suspensión de los procedimientos administrativos de obtención de
licencias de funcionamiento para locales comerciales ubicados en el distrito
de Barranco, en el giro comercial de peñas, salones de baile, discotecas,
video pubs, karaoke, etc., debido a que infringe el artículo 63 de la Ley del
Se CONFIRMA la Resolución 0181-2009/CEB-INDECOPI del 24 de setiembre
de 2009, en el extremo que declaró que la restricción de horarios en el
distrito de Barranco constituye una barrera burocrática irrazonable, debido a
que limita no solo una zona específica de generación de ruidos molestos por
aglomeración de locales de diversión, sino la totalidad del distrito.
Se PRECISA que la presente Resolución es emitida sin perjuicio de las
facultades de la Municipalidad Distrital de Barranco para sancionar incluso
con la clausura definitiva a los establecimientos que ocasionen problemas
de seguridad, orden, tranquilidad, salud y otros en el distrito, de
Lima, 23 de febrero de 2010
I. ANTECEDENTES
1. El 10 de julio de 2009, la señora Jesús María del Pilar Montenegro Levy (en
adelante, la señora Montenegro) denunció ante la Comisión de Eliminación
de Barreras Burocráticas (en adelante, la Comisión) a la Municipalidad
Distrital de Barranco (en adelante, la Municipalidad) por la presunta
imposición de barreras burocráticas consistentes en:
(i) la suspensión de los procedimientos administrativos tendientes a
obtener los Certificados de Compatibilidad de Uso y Licencias de
Apertura y Funcionamiento (definitivas, provisionales y especiales) de
establecimientos comerciales cuyo giro sea de peñas, cabarets, boites,
night club, salones de baile, discotecas, video pub, karaoke, piano bar,

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