Sentencia nº 000381-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-41
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0381-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/C CO-INDECOPI-01-41
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : BERTHA ZELADA LÓPEZ DE GONZÁLES
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 6059-2010/CCO-INDECOPI del 20 de
agosto de 2010, que declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de
créditos de la señora Bertha Zelada López de Gonzáles, debido a que la
solicitante no acreditó el vínculo laboral con Panamericana Televisión S.A.
durante el periodo en que se devengaron los créditos invocados.
Lima, 15 de febrero de 2011
ANTECEDENTES
1. El 12 de marzo de 2010, la señora Bertha Zelada López De Gonzáles (en
adelante, la solicitante) invocó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de
créditos de origen laboral frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en
adelante, Panamericana) derivados de la compensación por tiempo de
servicios (en adelante, CTS), gratificaciones y vacaciones correspondientes
al periodo comprendido entre los años 2004 y 2008, ascendentes a
S/. 168 203,00 por capital y S/. 38 034,00 por intereses, invocando la
aplicación del principio de primacía de la realidad, conforme a lo dispuesto
2. El 7 y 21 de abril de 2010, la Secretaría Técnica de la Comisión requirió a la
solicitante que cumpla con presentar diversa documentación3.
1 Public ación del sometimiento a concurso preventivo: 15 de febrero de 2010.
2 En sustento de su solicitud, la solicitante presentó copia de los siguientes documentos:
(i) cu atro ( 4) certificados de retenciones a cuenta del im puesto a la renta sobre renta de cuarta categorí a
correspondientes a los ejercicios gravables 2004 a 2006, otorgados a la solicit ante por Panamericana; y,
(ii) un c ertificado de retenciones a cuenta del impuesto a la renta sobre r enta de cuarta categoría c orrespondiente
al ejercicio gravable 2007, ot orgado a la solicitante por Panam Contenidos S.A.A. (en adelante, Panam).
3 La Secretaría Técnic a de la Comisión solicitó lo siguiente: (i) documentación que acredite la existencia del vínculo
laboral con P anamericana, así com o la fecha de cese o conclusión del mismo; (ii) una liquidación de los beneficios
sociales invocados calculada conform e a la legislación laboral correspondient e; (iii) informar si inició algún proceso
judicial contra la deudora respecto de los créditos invocados, y, (iv) acr editar la cuantía de las remuneraciones
percibidas desde la fecha de i ngreso hasta el 12 de marzo de 2005, en aplicación de lo dispuesto por el artíc ulo 39.4
de la Ley General del Sistema C oncursal.

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