Sentencia nº 000383-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-261
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 0383-2011/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-I NDECOPI-01-261
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : VÍCTOR JAIME ESPINOZA
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 5580-2010/CCO-INDECOPI del 4 de
agosto de 2010, que declaró improcedente el recurso de reconsideración
interpuesto por el señor Víctor Jaime Espinoza, y, reformándola, se
CALIFICA el recurso de reconsideración interpuesto por el referido señor
como uno de apelación contra la Resolución 4344-2010/CCO-INDECOPI
según lo dispuesto por el artículo 115 de la Ley General del Sistema
Concursal, integrando el mismo al recurso de apelación concedido
mediante Resolución 5579-2010/CCO-INDECOPI y tenerlo por concedido.
Lima, 15 de febrero de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 4344-2010/CCO-INDECOPI del 18 de junio de 2010,
la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró fundada en parte la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por el señor Víctor Jaime Espinoza (en adelante, el
señor Jaime) frente a Panamericana Televisión S.A. (en adelante,
Panamericana).
2. El 14 de julio de 2010, el señor Jaime interpuso recurso de apelación
contra la Resolución 4344-2010/CCO-INDECOPI. Asimismo, en otro escrito
presentado en la misma fecha, el señor Jaime interpuso recurso de
reconsideración contra la referida resolución.
3. Mediante Resolución 5579-2010/CCO-INDECOPI del 4 de agosto de 2010,
la Comisión concedió el recurso de apelación interpuesto por el señor
Jaime contra la Resolución 4344-2010/CCO-INDECOPI. Sin embargo, por
Resolución 5580-2010/CCO-INDECOPI del 4 de agosto de 2010, la
Comisión declaró improcedente el recurso de reconsideración, debido a
que consideró que no procedía la doble interposición de recursos.

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