Sentencia nº 000061-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Enero de 2013

Fecha de Resolución10 de Enero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente40-2012/PS0-INDECOPI-ICA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0061-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 40-2012/PS0-IN DECOPI-ICA
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE ICA
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : NILA COAGUILA LAJO
DENUNCIADA : ASOCIACION DE FONDOS CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO REGIÓN ICA
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES OTRAS ASOCIACIONES NCP
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de revisión planteado por
Asociación de Fondos contra Accidentes de Tránsito Región Ica contra la
Resolución 95-2012/INDECOPI-ICA, en el extremo referido a la interpretación
errónea de los artículos 3º, 4º, 5º y 17°del Decreto Supremo 24-2002/MTC y el
artículo 19º del Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda vez
que la Afocat de un vehículo automotor interviniente en un accidente de
tránsito tiene la obligación de cubrir a los ocupantes del mismo y a los
terceros no ocupantes, teniendo también esta última condición los
ocupantes del otro vehículo interviniente que no cuenta con CAT.
Lima, 10 de enero de 2013
ANTECEDENTES
1. El 17 de abril de 2012, la señora Nila Coaguila Lajo (en adelante, la señora
Coaguila) denunció a Asociación de Fondos contra Accidentes de Tránsito
Región Ica1 (en adelante, Afocat Ica) por infracción de la Ley 29571, Código
de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código).
2. La señora Coaguila señaló que que su madre y hermano fallecieron a
consecuencia de un accidente de tránsito cuando el automóvil en el cual se
trasladaban colisionó con un vehículo que contaba con un Certificado Contra
Accidentes de Tránsito (en adelante, CAT) de la denunciada. Agregó que el 22
de febrero de 2012 solicitó a Afocat Ica el reembolso de los gastos incurridos
por el sepelio de sus familiares; sin embargo, a la fecha no había atendido su
pedido.
3. En sus descargos, Afocat Ica indicó que no estaba obligada a reembolsar los
gastos de sepelio de los ocupantes de un vehículo que no contaba con CAT
brindado por ella.
1 RUC: 20452830036. Domicilio Av. San Martín 461, Ica.

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