Sentencia nº 001445-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 20 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1279-2005/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 1445–2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1279-2005/CPC
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR (LA
COMISIÓN)
DENUNCIANTE : ROLANDO CORONEL LÓPEZ (EL SEÑOR
CORONEL)
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL (EL BANCO)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
NULIDAD
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 20 de setiembre de 2006
I ANTECEDENTES
El 2 de setiembre de 2005, el señor Coronel denunció al Banco por infringir la Ley
de Protección al Consumidor. El denunciante refirió que en el año 1999,
Financiera San Pedro le otorgó un crédito con garantía hipotecaria que,
posteriormente, fue asumido por el Banco, quien le otorgó un refinanciamiento del
mismo. A decir del denunciante, durante la vigencia del crédito, se presentaron
las siguientes irregularidades:
(i) El Banco no cumplió con enviarle los estados de cuenta del crédito,
regularmente.
(ii) El denunciado tampoco le entregó el cronograma de pagos del crédito, a
pesar de requerírselo en forma reiterada, el 6 de febrero de 2001, el 5 de
marzo de 2001, el 29 de enero de 2003 y el 18 de febrero de 2005.
(iii) En febrero de 2005, el denunciante realizó un prepago de US$ 2 000,00,
sin embargo éste no fue aplicado a la amortización anticipada de parte
del capital, sino que fue destinado al pago de la cuota del mes de febrero.
Ello, pese a que había provisto de fondos la cuenta en la cual se
cargaban las cuotas mensuales del crédito, lo cual ponía en evidencia
que el Banco no se hacía cobro de las cuotas en la fecha de su
vencimiento, sino días después, lo que ocasionaba el cobro indebido de
intereses.
El señor Coronel solicitó a la Comisión que ordene al Banco informar la forma en
la que venía efectuando los cargos en cuenta para el cobro de su crédito; como
también que le reembolso los montos cobrados en forma indebida por concepto
de costos, costas, intereses.
En sus descargos, el Banco manifestó lo siguiente:
(i) La obligación de remitir estados de cuenta mensuales está referida a
cuentas de ahorro y cuentas corrientes, no a créditos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR