Sentencia nº 002221-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente020-2010/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2221-20 11/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 20-2010/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : GLORIA JARAMILLO DE INDACOCHEA
DENUNCIADO : CITIBANK DEL PERÚ S.A.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
DEBER DE INFORMACIÓN
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
NULIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES AUXILIARES DE LA INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA N.C.P.
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo apelado
que declaró fundada la denuncia contra Citibank del Perú S.A., al haberse
acreditado que omitió atender los reclamos de la denunciante dentro del
plazo legalmente establecido.
Asimismo, se revoca la resolución recurrida en el extremo apelado que
declaró fundada la denuncia y, reformándola, se declara infundada, al haberse
verificado que el denunciado contaba con las medidas de seguridad
adecuadas para detectar la probabilidad de operaciones fraudulentas en las
transacciones efectuadas con la tarjeta de la denunciante.
Lima, 24 de agosto de 2011
ANTECEDENTES
1. El 10 de febrero de 2010, la señora Gloria Jaramillo de Indacochea (en
adelante, la señora Jaramillo) denunció a Citibank del Perú S.A.1 (en adelante,
el Banco) ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en
adelante, la Comisión) por infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716
y de la Disposición Primera del Anexo del Texto Único Ordenado de la Ley del
Sistema de Protección al Consumidor2, indicando que el Banco habría:
(i) Omitido brindar una adecuada respuesta a sus reclamos; y,
(ii) cargado a su cuenta los importes de US$ 4 020,00 y S/. 1 700,00 por 13
retiros de efectivo que no reconoce haber realizado, en uso de su tarjeta
de crédito en cajeros automáticos de Global Net y Unibanca.
1 RUC: 20100116635 con domicilio fiscal en Avenid a Canaval y Moreyra 480, Int. 301, Distrito de San Isidro,
Departamento y Provincia de Lima.
2 Aprobado por Decreto Supr emo 006-2009-PCM.

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