Sentencia nº 001046-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 13 de Noviembre de 2002

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente104558-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1046-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 104558-2000
1-25
SOLICITANTE : GRUPO APOYO PUBLICITARIO S.A.
OPOSITORA : GRUPO APOYO S.A.
Notoriedad de la marca – Riesgo de confusión entre signos que distingue
servicios de la clase 35 de la Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, trece de noviembre de dos mil dos
1. ANTECEDENTES
Con fecha 18 de abril del 2000, Grupo Apoyo Publicitario S.A. (Perú) solicitó el registro
de la marca de servicio constituida por la denominación APOYO PUBLICITARIO
escrita en letras características y logotipo constituido por la figura de un círculo en
cuyo interior se aprecia la letra “a” en minúscula; en los colores rojo, blanco y negro,
conforme al modelo, para distinguir publicidad mediante avisos luminosos, paneles,
módulos de atención o degustación, banderolas y portafiches, de la clase 35 de la
Nomenclatura Oficial.
Con fecha 24 de setiembre del 2001, Grupo Apoyo S.A. (Perú) formuló oposición
manifestando lo siguiente:
Es titular de la marca APOYO y logotipo, que distingue servicios de la clase 35 de la
Nomenclatura Oficial; y ha solicitado el registro de la marca APOYO
ADMINISTRATIVO y logotipo, para distinguir los mismos servicios. Asimismo, es
titular de la marca APOYO y logotipo en Paraguay, Chile, Colombia y Ecuador.
Existe riesgo de confusión entre el signo solicitado y sus marcas, por cuanto
comparten el término APOYO y distinguen los mismos servicios, lo que determina
que el signo solicitado no goce de la fuerza distintiva suficiente para evitar ser
asociado con los signos APOYO o APOYO ADMINISTRATIVO, o al origen
empresarial de éstos.
El signo solicitado APOYO PUBLICITARIO (debió decir APOYO PUBLICITARIO y
logotipo) y la marca registrada APOYO ADMINISTRATIVO (debió decir APOYO
ADMINISTRATIVO y logotipo) serán entendidos como variaciones del signo
APOYO (debió decir APOYO y logotipo).
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1046-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 104558-2000
2-25
La denominación APOYO como marca goza de la publicidad y reputación en el
mercado publicitario suficiente para impedir que sea otorgada a un tercero diferente
a su titular.
Con fecha 21 de noviembre del 2001, Grupo Apoyo Publicitario S.A. absolvió el
traslado de la oposición manifestando lo siguiente:
Desde junio de 1998 viene utilizando el nombre comercial APOYO PUBLICITARIO
y logotipo, para distinguir servicios de la clase 35 de la Nomenclatura Oficial, por lo
que en base a dicho derecho ha formulado la presente solicitud de registro.
Presentó facturas para acreditar lo expuesto.
Su nombre comercial APOYO PUBLICITARIO y logotipo ha coexistido por más de
tres años y cuatro meses no sólo con las marcas base de la oposición, sino con el
nombre comercial de la opositora (GRUPO APOYO S.A.), sin que se hayan
producido interferencias que hayan ocasionado daños a los titulares de tales signos,
ni al público consumidor. Agregó que la denominación APOYO PUBLICITARIO es
evocativa de los servicios que presta su empresa.
El signo solicitado presenta un elemento denominativo y uno figurativo, con notas
características que la individualizan de las marcas registradas, las cuales a su vez
presentan elementos distintos que permiten identificar que son procedentes de la
empresa Grupo Apoyo S.A., que radican en la forma de su logo o emblema, de
forma cuadrangular con un triángulo equilátero rojo sobre el cual se observan
franjas quebradas laterales dispuestas en forma característica en color rojo, y
debajo la palabra APOYO.
Los servicios distinguidos por los signos en cuestión son diferentes tanto por su
naturaleza como por su finalidad, ya que en el caso de su empresa su rubro está
dado por la fabricación y confección de banderolas, avisos luminosos, muebles
publicitarios (módulo de degustación, vitrinas de exhibición), arquitectura comercial,
etc., mientras que el rubro de la empresa opositora es la de sondeos de opinión
pública, revistas especializadas en economía y asuntos empresariales, asesoría en
estas materias, e informes especializados de interés comercial, señalando que ello
se acredita del objeto social de la empresa, así como de su tienda virtual.
Posteriormente, el 8 de enero del 2002, señaló que los servicios que distinguen los
signos en cuestión se prestan de forma directa y a pedido, de acuerdo a las
necesidades del contratante, lo que contribuye a que se diferencien. Presentó
documentos para acreditar el uso de su nombre comercial.
Con fecha 6 de marzo del 2002, Grupo Apoyo S.A. manifestó lo siguiente:
Su empresa es titular de la marca APOYO y diseño registrada en las clases 16, 35,
36, 38 y 42 de la Nomenclatura Oficial en el Perú, así como en las clases 16, 35,
36, 38, 41 y 42 en Ecuador, Chile, Bolivia, Paraguay y Colombia.
Su empresa - que fue constituida el 17 de abril de 1978, inicialmente bajo la
denominación Apoyo S.A. (hasta 1994) - se encuentra conformada por diversas
empresas que brindan servicios distintos1, los cuales son distinguidos con la marca
1Entre ellas:
- Apoyo Comunicaciones S.A., encargada de la edición de publicaciones (libros y otros medios de expresión), y
la prestación de asesoría en el campo de las comunicaciones;

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