Sentencia nº 002447-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 2447-2010/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDEC OPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
SOLICITANTE : GENARO SALVADOR DELGADO PARKER
MATERIA : INICIO DE PROCEDIMIENTO CONCURSAL
PREVENTIVO
MEDIDA CAUTELAR
SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se declara que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto del
recurso de reconsideración interpuesto por el señor Genaro Salvador Delgado
Parker contra la Resolución 1524-2010/SC1-INDECOPI del 27 de abril de 2010,
que denegó su pedido de suspensión del procedimiento concursal preventivo
de Panamericana Televisión S.A., al haberse producido la sustracción de la
materia, toda vez que mediante Resolución 2379-2010/SC1-INDECOPI del 24 de
agosto de 2010, la Sala se pronunció de manera definitiva respecto del recurso
de apelación interpuesto por el señor Delgado Parker contra la Resolución
0815-2010/CCO-INDECOPI.
Lima, 1 de septiembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 0815-2010/CCO-INDECOPI del 2 de febrero de 2010, la
Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión) admitió a
trámite el acogimiento de Panamericana al procedimiento concursal preventivo
y dispuso la publicación de dicha situación en el diario oficial “El Peruano”,
hecho que ocurrió el 15 de febrero de 2010.
2. Por escrito presentado el 22 de febrero de 2010, el señor Genaro Salvador
Delgado Parker (en adelante, el señor Delgado Parker) apeló la Resolución
0815-2010/CCO-INDECOPI y solicitó, como medida cautelar, que se suspenda
el procedimiento en mérito a la verosimilitud de los argumentos expuestos en la
apelación y a que la continuación del trámite del proceso conllevaría
consecuencias imprevisibles para los acreedores de la concursada. Dicho
recurso fue concedido por la Comisión mediante Resolución 1616-2010/CCO-
INDECOPI del 10 de marzo de 2010.

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