Sentencia nº 000104-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 31 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente831-2002/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0104-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 831-2002/CPC
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR (LA
COMISION)
DENUNCIANTE : JOSE ROGER SANCHEZ RENGIFO (EL SEÑOR
SANCHEZ)
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL (EL BANCO)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
PROCESAL
DESISTIMIENTO
ACTIVIDAD : INTERMEDIACION FINANCIERA
Lima, 31 de marzo de 2004
ANTECEDENTES
El 26 de setiembre de 2002, el señor Sánchez denunció al Banco por presuntas
infracciones a la Ley de Protección al Consumidor.
El 20 de noviembre de 2002, el Banco contestó la denuncia, solicitando se
sancione al señor Sánchez por haber planteado una denuncia maliciosa, que la
Comisión denuncie penalmente al señor Sánchez por las falsas declaraciones
realizadas ante autoridad administrativa y que el señor Sánchez asumiera el pago
de las costas y costos del procedimiento.
El 9 de abril de 2002, la Comisión emitió la Resolución N° 380-2003-CPC,
mediante la cual: i) declaró infundada la denuncia presentada por el señor
Sánchez; ii) declaró improcedente la solicitud del denunciante para que se requiera
al Banco que informe cómo había calculado los intereses de su cuenta CTS; iii)
denegó las solicitudes de pago de las costas y costos en las que se hubiera
incurrido durante la tramitación del procedimiento presentadas por el señor
Sánchez y el Banco; iv) denegó la solicitud presentada por el Banco para sancionar
al señor Sánchez por la presentación de una denuncia maliciosa; y v) denegó la
solicitud del Banco para que la Comisión denuncie penalmente al señor Sánchez.
El 9 de mayo de 2003, el señor Sánchez presentó apelación contra la Resolución
N° 380-2003-CPC, en todos sus extremos.
Mediante escrito del 18 de marzo de 2004, el señor Sánchez se desistió de la
apelación y de la denuncia contra el Banco. Cabe señalar que el señor Sánchez
cumplió con legalizar su firma ante notario público.

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