Sentencia nº 003288-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente193-2011/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa d e la Competencia
RESOLUCIÓN 3288-2012/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 193-2011/C CO-INDECOPI-04-02
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CREACIONES GYOVANEZZA S.A.C. EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP HORIZONTE S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS PREVISIONALES
ACTIVIDAD : FAB. DE PRENDAS DE VESTIR
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 830-2012/CCO-INDECOPI del 6 de febrero
de 2012, en el extremo que declaró infundada la solicitud de reconocimiento
de créditos derivados de aportes previsionales impagos devengados en los
meses de febrero, abril1 y mayo de 2007 y, reformándola, se reconoce créditos
a favor de AFP Horizonte S.A. frente a Creaciones Gyovanezza S.A.C. en
Liquidación ascendentes a S/. 295,10 por capital y S/. 341,47 por intereses,
derivados de dichos periodos, correspondiendo a los créditos ascendentes a
S/. 250,25 por capital y S/. 289,57 por intereses el primer orden de preferencia
y a los créditos ascendentes a S/. 44,85 por capital y S/. 51,90 por intereses el
quinto orden de preferencia. La razón es que AFP Horizonte S.A. ha
acreditado que, durante el periodo en que se devengaron los créditos
invocados, la señora Mirtha Cecilia Esquen Madrid se encontraba afiliada a
dicha AFP, sin que la documentación presentada por la empresa deudora
haya podido desvirtuar el mérito probatorio de las liquidaciones para
cobranza que sustentan tales créditos.
Lima, 11 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 27 de setiembre de 2011, AFP Horizonte S.A. (en adelante, Horizonte)
invocó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos frente a Creaciones
Gyovanezza S.A.C. en Liquidación2 (en adelante, Creaciones Gyovanezza)
ascendentes a S/. 2 025,70 por capital y S/. 1 928,31 por intereses, derivados
de los aportes previsionales impagos devengados en diversos períodos
comprendidos entre el mes de marzo de 2005 y octubre de 2008,
correspondientes a la señora Irlanda Isabel García Vidal (en adelante, la
señora García) y a la señora Mirtha Cecilia Esquen Madrid (en adelante, la
señora Esquen).
1 Correspondiente a la Liquidación p ara Cobranza Nº HO09C107473.
2 El 15 de agosto de 2011, la Comisión publicó en el Diario O ficial “ El P eruano” la di solución y li quidación de
Creaciones Gyovanezza.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR