Sentencia nº 003588-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 11 de Diciembre de 2012
Fecha de Resolución | 11 de Diciembre de 2012 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 139-2011/ILN-CPC |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3588-2012/SPC -INDECOPI
EXPEDIENTE 139-2011 /ILN-CPC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA NORTE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : JULISSA ROSARIO ALVA CASTRO
DENUNCIADA : CLÍNICA SAN GABRIEL S.A.C.
MATERIAS : RESOLUCIONES DE TRÁMITE
ADHESIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE HOSPITALES
SUMILLA: Se tiene por adherida a la señora Julissa Rosario Alva Castro al
recurso de apelación interpuesto por Clínica San Gabriel S.A.C. y se dispone
correr traslado del referido recurso a la otra parte, para que en un plazo no
mayor de cinco (5) días hábiles, haga conocer su posición respecto de los
argumentos expuestos en la impugnación.
Lima, 11 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 23 de agosto de 2011, la señora Julissa Rosario Alva Castro (en adelante,
la señora Alva) denunció a Clínica San Gabriel S.A.C.1 (en adelante, la
Clínica), ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Norte,
Consumidor2 (en adelante, el Código).
2. En su denuncia, la señora Alva señaló lo siguiente:
(i) El 27 de junio de 2011 acudió con su menor hija al área de Emergencia
Pediátrica de la Clínica, siendo que en el Módulo 1 de la misma, se hincó
el dedo con una aguja ya usada, que se encontraba en una cuna; y,
(ii) al comunicarle al personal de la Clínica sobre lo sucedido, este pretendió
arrebatarle la aguja.
3. Mediante Resolución 133-2012/ILN-CPC del 16 de febrero de 2012, la
Comisión emitió el siguiente pronunciamiento:
1 RUC 20505018509. Domicilio Fiscal: Avenida La Marina 2955, Urbanización Maranga III Etapa (A 1
cuadra de Hiraoka), Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vigencia a los 30 días
calendario.
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