Sentencia nº 000873-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 28 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente106-2010/CCO-INDECOPI-03-01
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0873–2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 106-2010/C CO-INDECOPI-03-01
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES LIMA
SUR
DEUDOR : GESTIÓN Y CONTROL EMPRESARIAL S.A.
ACREEDOR : ROMMEL QUINTANILLA DE LA CRUZ
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3956-2011/CCO-INDECOPI del 30 de
mayo de 2011, que declaró infundada la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada por el señor Rommel Quintanilla De la Cruz frente a
Gestión y Control Empresarial S.A.
Si bien los créditos invocados por el referido señor se encuentran
comprendidos en títulos valores, atendiendo a que las circunstancias
especiales del caso justificaron una mayor investigación de la existencia,
origen, titularidad y cuantía de dichos créditos, el recurrente no ha
presentado medios probatorios idóneos que permitan a la autoridad
concursal verificar la relación causal que originó la emisión de dicho título
valor, por lo que no acreditó el origen y la existencia de tales créditos.
Lima, 28 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. El 20 de octubre de 2011, el señor Rommel Quintanilla De la Cruz (en
adelante, el señor Quintanilla) solicitó a la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de
créditos de origen comercial frente a Gestión y Control Empresarial S.A. (en
adelante, Gestión y Control Empresarial) ascendentes a US$ 39 000,00 por
capital, derivados de los siguientes documentos:
(i) letra de cambio girada el 5 de enero de 2009 a favor del señor
Quintanilla por el monto ascendente a US$ 19 500,00, en la que se
aprecia como obligado principal a Gestión y Control Empresarial;
(ii) letra de cambio girada el 5 de enero de 2009 a favor del señor
Quintanilla por el monto ascendente a US$ 19 500,00, en la que se
aprecia como obligado principal a Gestión y Control Empresarial (en
adelante, las letras de cambio);

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