Sentencia nº 002740-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente976-2012/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 2740-2012/SC2-IND ECOPI
EXPEDIENTE 976-2012/PS3
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : ORGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Nº 3
PROCEDIMIENTO : CONTIENDA DE COMPETENCIA
DENUNCIANTE : ADRIANA BRACAMONTE MARROQUÍN
DENUNCIADA : ALESE S.A.C.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS
SUMILLA: Se declara que el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 3 es el órgano competente, por
razón de cuantía, para conocer la denuncia de la señora Adriana Bracamonte
Marroquin contra Alese S.A.C.
Lima, 12 de setiembre del 2012
ANTECEDENTES
1. El 11 de mayo del 2012, la señora Adriana Bracamonte Marroquín (en
adelante, la señora Bracamonte) denunció a Alese S.A.C. (en adelante, Alese)
por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor (en adelante, el Código). Señaló lo siguiente:
(i) El 9 de abril del 2012 ingresó su vehículo al taller mecánico de la
denunciada para que le brinde servicio de mantenimiento y reparación
por el siniestro sufrido el 4 de abril del 2012;
(ii) el 19 de abril del 2012, se apersonó al referido taller, percatándose que
los daños producidos por el siniestro no habían sido reparados y que
sólo se había realizado el mantenimiento por los 10 000 KM recorridos
por el vehículo1;
(iii) el 28 de abril del 2012 se apersonó nuevamente al taller, siendo que en
dicha oportunidad se percató que se había encendido una luz amarilla en
el tablero del vehículo. Personal de la denunciada, le informó que ello se
debía a que el motor presentaba alguna falla. Asimismo, pudo advertir
que los vehículos eran reparados en un taller ubicado en el Callao,
siendo que la denunciada le habría cargado a su cuenta el costo de la
gasolina por el traslado de su vehículo;
(iv) ante tal situación solicitó el libro de reclamaciones para dejar constancia
de lo ocurrido, sin embargo, dicho libro no se encontraba en el taller, por
lo que tuvo que esperar que éste fuera llevado al local;
1 Precisó q ue el vehículo estaba estacionado en un l ugar no idóneo, siendo que est e no cont aba con el espacio ni
seguridad idónea para atender a la cantidad de vehículos que llegaban al est acionamiento.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR