Sentencia nº 002037-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Julio de 2010

Fecha de Resolución13 de Julio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/03-45/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2037-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2005-03-45/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYAQUE
DEUDOR : AGROPUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : ALEJANDRO MANTILLA GONZÁLES S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO COMERCIAL
ACTIVIDAD : CULTIVO DE CEREALES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3341-2009/INDECOPI-LAM del 19 de
octubre de 2009, que declaró infundado el recurso de reconsideración
interpuesto por Agropucalá S.A.A. contra la Resolución 0154-
2009/INDECOPI-LAM en el extremo que reconoció créditos a favor de
Alejandro Mantilla Gonzáles S.A.C. frente a Agropucalá S.A.A. ascendentes a
S/. 2 159 493,28 por capital, debido a que dicho crédito se origina en una
escritura pública de Reconocimiento de Deuda, título que no estaba sujeto al
procedimiento de acreditación de deudas regulado en el Decreto de Urgencia
022-97.
Se REVOCA la Resolución 3341-2009/INDECOPI-LAM, que declaró infundado
el recurso de reconsideración interpuesto por Agropucalá S.A.A. contra la
Resolución 0154-2009/INDECOPI-LAM en el extremo que reconoció créditos
a favor de Alejandro Mantilla Gonzáles S.A.C. ascendentes a S/. 13 149,80 por
concepto de capital y S/. 3 656,83 por concepto de intereses derivados del
crédito originado por el depósito del 10% del valor de venta de bolsas de
azúcar en aplicación del Decreto de Urgencia 056-97, debido a que tales
créditos caducaron de pleno derecho al no haber sido oportunamente
registrados según el procedimiento de acreditación de deudas de empresas
azucareras regulado en el Decreto de Urgencia 022-97; y, reformándola, se
declara infundada la solicitud de reconocimiento de créditos presentada por
Alejandro Mantilla Gonzáles S.A.C. en este extremo.
Lima, 13 de julio de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 024-2005/CCO-ODI-LAM del 11 de febrero de 2005, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la
Comisión) declaró la situación de concurso de Agropucalá S.A.A. (en
adelante, Agropucalá). El 21 de febrero de 2005, la Comisión publicó en el
diario oficial El Peruano la situación de concurso de Agropucalá,
convocándose a sus acreedores para que presenten sus solicitudes de
reconocimiento de créditos.

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