Sentencia nº 001517-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 2 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente289016-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1517-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 289016-2006
1-7
SOLICITANTE : BTICINO S.P.A.
OPOSITORA : RENÉ FERREOL ROJAS BALDEÓN
Nulidad de notificación Infracción a los derechos de propiedad
industrial
Lima, dos de agosto del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 28 de agosto del 2006, Bticino S.p.A. (Italia) interpuso denuncia por
infracción a los derechos de propiedad industrial en contra de Electro Ferretero
Rojas. Manifestó lo siguiente:
(i) Es titular de las marcas BTICINO y logotipo y BTICINO, que distinguen
productos de las clases 9, 11, 17 y 19 de la Nomenclatura Oficial.
(ii) La emplazada viene comercializando llaves con la marca TICINO y/o
BTICINO, generando que el consumidor sea inducido a error y confusión,
al entender que estaría adquiriendo un producto legítimo BTICINO.
Solicitó multa y el pago de las costas y costos, entre otras medidas. Asimismo,
solicitó las medidas cautelares de cese de uso y comiso de los productos
infractores, así como de todo tipo de etiquetas, empaques, afiches, etc. que
contribuyan a la realización de la infracción. Posteriormente, precisó que el
nombre correcto del emplazado es René Ferreol Rojas Baldeón.
Mediante proveído de fecha 10 de octubre del 2006, la Oficina de Signos
Distintivos admitió a trámite la denuncia, dispuso se practique inspección y
dictó las medidas cautelares de cese de uso y comiso.
Con fecha 30 de octubre del 2006, se llevó a cabo la inspección en el local del
emplazado, verificándose la existencia de productos BTICINO no originales.
Con fecha 7 de noviembre del 2006, René Ferreol Rojas Baldeón absolvió el
traslado de la denuncia.
Con fecha 23 de noviembre del 2006, se llevó a cabo la audiencia de
conciliación, sin llegar a acuerdo conciliatorio por inconcurrencia de la
emplazada.
Mediante Resolución 1430-2007/OSD-INDECOPI de fecha 23 de enero del
2007, la Oficina de Signos Distintivos:
- Declaró fundada la acción por infracción.

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