Sentencia nº 000829-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente159-2004/CCO-ODI-UDP-04-01
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 829-2009/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 159-2004/C CO-ODI-UDP-04-01
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : PROVEEDORES DE LIMPIEZA Y EQUIPOS S.R.L. EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP INTEGRA S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CRÉDITO PREVISIONAL
AMPLIACIÓN DE CRÉDITOS
FUERO DE ATRACCIÓN
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS
SUMILLA: se confirma la Resolución 12373-2008/CCO-INDECOPI del 12 de
noviembre de 2008, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de
reconocimiento de créditos presentada el 22 de julio de 2008 por AFP Integra
S.A. frente a Proveedores de Limpieza y Equipos S.R.L. en Liquidación, toda
vez que a partir de la designación de oficio del liquidador se produjo el cese
de las actividades económicas de la deudora, sin que la entidad previsional
haya acreditado que los créditos invocados se derivaron de una relación
jurídica originada con anterioridad a la designación de oficio del liquidador,
tal como lo establece el precedente de observancia obligatoria aprobado por
Resolución 2272-2007/TDC-INDECOPI.
Lima, 13 de agosto de 2009
ANTECEDENTES
1. El 19 de julio de 2004 se publicó la disolución y liquidación de Proveedores
de Limpieza y Equipos S.R.L. en Liquidación (en adelante, Prolime) en el
diario oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 703
2. Mediante Resolución 15114-2005/CCO-INDECOPI del 6 de octubre de 2005,
la Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión)
designó de oficio a Administradores Corporativos S.A.C. (en adelante,
Administradores Corporativos) como entidad liquidadora de la concursada1.
3. El 22 de julio de 2008, AFP Integra S.A. (en adelante, Integra) solicitó la
ampliación del reconocimiento de sus créditos2 frente a Prolime, por un monto
ascendente a S/. 8 986,37 por capital y S/. 4 008,13 por intereses, derivados
de los aportes previsionales impagos devengados entre julio de 2004 y mayo
de 2008.
1 Dicha resolución fue notificada a diversos acreedores c omprendidos en el concurso de Prolime. Ver c argos de
notificación que obran desde la pág ina 72 a 76 del Expediente 159-2004/CCO-ODI-UDP.
2 El 23 de agosto de 2004, Integra presentó una solicitud de reconocimiento de créditos previsi onales derivados de los
aportes impagos por los períodos deven gados entre julio de 2001 y junio de 2004.

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