Sentencia nº 000362-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 28 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente065-2003/03-001/CCO-ODI-ESN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN N° 0362-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 65-2003-03-001/CCO-ODI-ESN
M-SDC-13/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA ESCUELA DE
ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS PARA
GRADUADOS (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
(BANCO DE CRÉDITO)
DEUDOR : EMPAC S.A. (EMPAC)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS COMERCIALES
TITULARIDAD DE LOS CRÉDITOS
Lima, 28 de marzo de 2005
ANTECEDENTES
Por Resolución N° 0820-2004/CCO-INDECOPI del 9 de noviembre de 2004,
la Comisión declaró infundada la solicitud de reconocimiento de créditos
presentada por Banco de Crédito frente a Empac
1
el 11 de agosto de 2004
2
,
toda vez que, a criterio de dicha autoridad, la referida entidad financiera ya
no era titular de los créditos invocados al haberlos cedido a favor de Opalo
S.A. (en adelante, Opalo) mediante Contrato de Cesión de Derechos
celebrado el 25 de agosto de 2004 y comunicado a Empac por carta notarial
notificada el 17 de setiembre de 2004.
El 26 de noviembre de 2004, Banco de Crédito apeló la referida resolución
3
alegando que (i) al momento en que presentó su solicitud, aún tenía la
titularidad de los créditos invocados, por lo que la Comisión se encontraba
obligada a emitir un pronunciamiento de fondo respecto de los mismos; (ii)
en todo caso, si la cesión efectuada generó duda en la Comisión para
proceder al reconocimiento de los créditos invocados, debió poner en
conocimiento de Opalo tal situación; y, (iii) la Comisión no había tenido en
consideración el interés por parte de Opalo en que los créditos invocados
fuesen reconocidos a favor de Banco de Crédito, de acuerdo a los términos
contenidos en el Contrato de Cesión de Derechos de fecha 25 de agosto de
2004.
1
Mediante aviso publicado el 5 de julio de 2004 en el diario oficial El Peruano, se difundió el inicio del
Procedimiento Concursal Ordinario de Empac, convocándose a sus acreedores para que solici ten el
reconocimiento de sus créditos.
2
Banco de Crédito invocó el reconocimiento de créditos frente a Em pac ascendentes a US$ 404 112,17 por
capital, US$ 119 433,90 por intereses, US$ 8 812,78 por IGV, US$ 264 000,00 por penalidades y US$ 22 784,10
por gastos derivados de una letra de cambio con vencimiento a la vista y un contrato de arrendamiento
financiero.
3
Banco de Crédito interpuso recurso de reconsideración. Sin embargo, la Comisión calificó dicho recurso como
uno de apelación y dispuso su elevación a la Sala.

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