Sentencia nº 001072-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente016-2010//ILN-CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1072-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 016-2010/ILN-CCO-S ANCIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA NORTE
DEUDOR : JASMÍN GLENDA MAYORGA FERNÁNDEZ CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
DENUNCIADO : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
CONSTITUCIÓN DE CARTA FIANZA
MULTA
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 610-2010/ILN-CCO del 17 de
noviembre de 2010, que sancionó a Soluciones Concursales & Empresariales
S.A.C. con una multa ascendente a dos (2) Unidades Impositivas Tributarias
por no haber presentado la carta fianza a favor del Indecopi –en resguardo de
las obligaciones pecuniarias que la autoridad concursal pudiera imponerle
por las eventuales infracciones en las que incurra como entidad liquidadora
de la deudora concursada– dentro del plazo establecido para tal efecto, al
verificarse que dicha omisión constituye una infracción a los artículos 120.5 y
Lima, 23 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 0139-2010/ILN-CCO del 2 de junio de 2010, la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Norte (en adelante, la Comisión) designó de
oficio1 a Soluciones Concursales & Empresariales S.A.C. (en adelante,
Soluciones Concursales) como entidad liquidadora a cargo del procedimiento
de disolución y liquidación del patrimonio de la señora Jasmín Glenda
Mayorga Fernández (en adelante, la señora Mayorga)2. Asimismo, mediante el
referido acto administrativo la Comisión requirió a dicha entidad liquidadora la
constitución de una carta fianza a favor del Indecopi ascendente a
S/. 23 400,00.
2. Mediante Resolución 202-2010/ILN-CCO-ST del 6 de octubre de 2010, la
Secretaría Técnica de la Comisión inició un procedimiento sancionador contra
Soluciones Concursales por no haber presentado la carta fianza requerida
1 La Comisión asumió la conducción del pr ocedimiento concursal debido a que la junta de acreedor es no se instaló por
inasistencia de los acreedor es.
2 El 30 de marzo de 2 009, la Comisión publicó en el diario oficial “El Peruano” la disolución y liquidación del patrimonio
de la señora Mayorga, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 703 del Códig o Procesal Civil.

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