Sentencia nº 000716-2003/SCO de Sala concursal, 19 de Agosto de 2003

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2003
EmisorSala concursal
Expediente076-2000/CRP-ODI-UL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0716-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 076-2000/CRP-ODI-UL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE LIMA
1
(LA
COMISIÓN)
DEUDOR : HOGAR S.A. EN LIQUIDACIÓN (HOGAR)
DENUNCIANTE : CONSULTORÍA A S.A.C. (CONSULTORÍA A)
DENUNCIADOS : MIGUEL ANGEL ANCO ZAVALA Y OTROS
TRABAJADORES, CORPORACIÓN ANDINA DE
DISTRIBUCIÓN S.A.C., ELECTRÓNICA
LATINOAMERICANA S.A., HYUNDAI PERÚ
AUTOMOTRIZ S.A. Y COMPAÑÍA AREQUIPA DE
IMPORTACIONES S.A. – CARSA HOLDING (LOS
DENUNCIADOS)
MATERIA : DENUNCIA POR COMISIÓN DE ACTOS
FRAUDULENTOS
SUMILLA: La Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar improcedente, vía integración de la Resolución N° 1209-
2002/CRP-ODI-ULI emitida por la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la
Universidad de Lima el 4 de abril de 2002, la solicitud formulada por
Consultoría A S.A.C. para que la Comisión remita los actuados a la Sala
a fin de que declare la nulidad de las resoluciones por las cuales se
reconocieron créditos a favor de los ex trabajadores de Hogar S.A. en
Liquidación, toda vez que en la parte resolutiva del referido acto
administrativo se omitió tal declaración, pese a que en la parte
considerativa del mismo se determinó la improcedencia de dicha
solicitud.
(ii) Confirmar la Resolución N° 1209-2002/CRP-ODI-ULI, en el extremo que
declaró improcedente la denuncia interpuesta por Consultoría A S.A.C.
contra los señores Miguel Angel Anco Zavala, Raúl Rufino Escalante
Munaylla, Pedro Antonio Guerrero Lucar, Ana Julia Márquez Altuna,
María Luisa Martínez Domínguez, Norma Consuelo Mendizábal Heredia,
Ralph Roberto Pollandt Pinnau, Pedro Nicolás Vizcarra Romero, Hernán
Andrés Zevallos Mere, Aristides de Macedo Murgel, Guido Enrique
Lucioni Chirinos, José Antonio Jiménez Chocano, Alvaro José Cuba
Simons, María del Rosario Olórtegui Gómez, Mónica Lisette Botta
Angosto, Leonidas Buleje Palomino, Roger Huapaya Pareda, Carmen
Mosquera Rivera, Javier Yupanqui Gómez, Corporación Andina de
Distribución S.A.C., Electrónica Latinoamericana S.A., Hyundai Perú
1
En atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley General del Sistema Concursal, publicada en el
diario oficial E l Peruano el 8 de agosto del 2002 y vigente desde el 7 de octubre del mismo año, la Com isión de
Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Universidad de Lima modificó su
denominación a Comisión Delegada de Procedimientos Concursales en la Universidad de Lima.

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