Sentencia nº 000511-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Junio de 2009

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente030-2007/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0511-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 030-2007/CCO-INDE COPI
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : ENVOLTURAS COMERCIALES S.A.
EN LIQUIDACIÓN
MATERIA : DESIGNACIÓN DE ENTIDAD LIQUIDADORA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE IMPRESIÓN
SUMILLA: se confirma la Resolución 12539-2008/CCO-INDECOPI, emitida por
la Comisión de Procedimientos Concursales el 18 de noviembre de 2008, que
designó de oficio a Montenegro & Díaz Abogados Asesores y Consultores
S.C.R.L. como entidad liquidadora de Envolturas Comerciales S.A. en
Liquidación, puesto que la liquidadora ha cumplido con manifestar
oportunamente a la Comisión su aceptación expresa, de conformidad con el
regula el mecanismo para que opere formalmente la designación de oficio
del liquidador.
Lima, 1 de junio de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1824-2007/CCO-INDECOPI del 12 de febrero de 2007, la
Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión) dispuso
la publicación de la disolución y liquidación de Envolturas Comerciales S.A.
(en adelante, Envolturas Comerciales) en el Diario Oficial “El Peruano”, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 703 del Código Procesal Civil y el
2. El 25 de febrero de 2008 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la
situación de concurso de Envolturas Comerciales a efectos de que sus
acreedores presenten sus solicitudes de reconocimiento de créditos dentro
de los treinta (30) días hábiles posteriores a la publicación.
3. El 20 de agosto de 2008 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la
convocatoria única para la instalación de la Junta de Acreedores de
Envolturas Comerciales, la cual fue programada para el 12 de septiembre de
2008.
4. En la fecha programada, no asistieron los acreedores representantes de los
créditos reconocidos por la Comisión, de manera que al no reunirse el
quórum previsto por ley, no se instaló la Junta de Acreedores y, en
1 Mediante el Oficio 58439-2003-0-0100-J-CI-4 1º del 15 de diciembre de 2006, el 41º Juzgado E specializado en lo Civil
de Lima remitió a la Comisión copias certific adas del Expediente 2003-58439-0-0 100-J-CI-41º, proceso jurisdiccional en
el cual, A T RAVÉS DE LA Resoluc ión 23, se dispuso la disolución y liquidación del patrimonio de En volturas
Comerciales (en dicho moment o, bajo la denominación social de Rotoflex S.A.).

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