Sentencia nº 000429-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 27 de Marzo de 2006
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 221157-2004/OSD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0429-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 221157-2004
1-7
ACCIONANTE : TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA
EMPLAZADA : AGP INDUSTRIAS S.A.
Infracción a los derechos de propiedad industrial – Apelación de multa
Lima, veintisiete de marzo del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 28 de setiembre del 2004, Toyota Jidosha Kabushiki Kaisha (Japón)
interpuso denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial contra
AGP Industrias S.A. señalando lo siguiente:
- Es titular de las siguientes marcas de producto:
MARCA CLASE CERTIFICADO VENCIMIENTO
TOYOTA 12 37787 13/02/2016
12 83944 21/03/2015
- La emplazada viene fabricando y comercializando lunas parabrisas, lunas
laterales y posteriores para todo tipo de vehículo, identificándolas con la
marca TOYOTA.
- La emplazada no cuenta con autorización de su empresa para utilizar la
denominación TOYOTA.
- Solicitó se efectúen visitas inspectivas en dos locales de la emplazada.
- Solicitó que se dicten las medidas cautelares contempladas en el artículo
246 de la Decisión 486.
Adjuntó como medios probatorios: una factura emitida por AGP Industrias S.A.
y diversas fotografías de los productos comercializados por la emplazada.
Mediante proveído de fecha 30 de setiembre del 2004, la Oficina de Signos
Distintivos admitió a trámite la acción interpuesta, disponiendo que se corra
traslado de la misma, por el término de cinco días útiles, a la empresa AGP
Industrias S.A. Asimismo, ordenó que, por cuenta y riesgo de la accionante y
sin previa notificación a la emplazada, se practiquen diligencias de inspección
a fin de verificar los alcances de la denuncia. Indicó que en el presente caso, se
ha acreditado la verosimilitud del carácter ilegal del daño, puesto que los
argumentos vertidos y las pruebas presentadas permiten concluir que el uso
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