Sentencia nº 000098-2002/SCO de Sala concursal, 6 de Diciembre de 2002

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2002
EmisorSala concursal
Expediente026-2001/CRP-ODI-CCPLL-005-057
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0098-2002 /SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 026-2001/CRP-ODI-CCPLL-005-057
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA CÁMARA DE COMERCIO Y
PRODUCCIÓN DE LA LIBERTAD
1
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : JOSE AUGUSTO CERNA LLORCA (SEÑOR CERNA)
DEUDOR : PESQUERA CHAVEYCEL S.A. (PESQUERA
CHAVEYCEL)
IMPUGNANTE : RETEX PERUANA S.A. (RETEX)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
VERIFICACIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN Y CONSERVACIÓN DE PESCADO Y
PRODUCTOS DE PESCADO
SUMILLA: Se confirma la Resolución Nº 1464-2001/CRP-ODI-CCPL emitida
el 27 de setiembre de 2001 por la Comisión de Reestructuración Patrimonial
de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio y
Producción de la Libertad, mediante la cual se reconoció créditos a favor
del señor José Augusto Cerna Llorca frente a Pesquera Chaveycel S.A.
ascendentes a US$ 1 131 348,00 por concepto de capital y US$ 312 139,72
por concepto de intereses. Ello, toda vez que la documentación presentada
por el señor Cerna acredita el origen, existencia y legitimidad de los
créditos invocados.
Lima, 6 de diciembre de 2002
I. ANTECEDENTES
Mediante escrito del 17 de julio de 2001, el señor Cerna solicitó el reconocimiento
de los créditos que mantiene frente a Pesquera Chaveycel
2
, ascendentes
US$ 1 131 348,00 por concepto de capital, más los intereses respectivos,
derivados de doce letras de cambio giradas por la deudora a la orden del
solicitante
3
.
Según lo señalado por el señor Cerna, tales créditos se originan en un contrato
de compra venta que celebraron Ahumaderos Chimbote S.A. (en adelante,
Ahumaderos) con la empresa deudora el 15 de mayo de 1996, en virtud del cual
esta última adquirió una fábrica de conservas y harina de pescado,
comprometiéndose a cancelar a favor de Ahumaderos la suma de
US$ 1 131 348,47 en armadas mensuales de US$ 94 279,00 durante un año.
1
En atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley General del Sistema Concursal, vigente desde el 7
de octubre de 2002, la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la
Cámara de Comercio y Producción de la Libertad modificó su denominación a Comisión Delegada de Procedimientos
Concursales en la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque.
2
Mediante Resolución Nº 0892-2001/CRP-ODI-CCPLL del 25 de mayo de 2001, la Comisión declaró la insolvencia de
Pesquera Chaveycel. En ese sentido, mediante aviso publicado el 18 de junio de 2001 en el diario oficial El Peruano se
dio a conocer la situación de insolvencia del deudor.
3
Estas letras de cambio están debidamente protestadas.

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