Sentencia nº 000537-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente348-2008/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0537-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 348-2008/CPC-INDE COPI-AQP
M-SC2-13/1B
DENUNCIANTE : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
DENUNCIADOS : SUPERMERCADOS PERUANOS S.A. – PLAZA VEA
QUAKER PERÚ S.R.L.
MATERIA : ROTULADO
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS
SUMILLA: Se revoca la Resolución 259-2009/INDECOPI-AQP del 29 de mayo
de 2009 emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Arequipa en el extremo que consideró los hechos imputados como un
supuesto de infracción de los artículos 5º literal b), 15º y 16º del Decreto
Legislativo 716; y modificándola considerar dichos hechos como un
supuesto de infracción del artículo 7º del Decreto Legislativo 716, toda vez
que esta norma contiene los supuestos específicos para analizar
integralmente la conducta infractora materia del procedimiento.
Por otro lado, se revoca la misma en el extremo que halló responsable a
Quaker Perú S.R.L. por infracción del artículo del Decreto Legislativo 716
respecto a la obligación de consignar en el rotulado del producto “Chewy
Quaker 90 Calories Variety Pack”:
(i) Las condiciones de conservación, observaciones, las advertencias de
riego o peligro, el tratamiento de urgencia en caso de daño y si el
producto contiene algún insumo que represente riesgo para el
consumidor, ya que de los medios probatorios aportados no ha
quedado acreditada la infracción alegada;
(ii) Si el producto es perecible, el contenido neto y la declaración de
ingredientes y aditivos, toda vez que del análisis efectuado se ha
determinado que Quaker Perú S.R.L. cumplió con lo señalado por las
normas pertinentes y por lo tanto, se deja sin efecto la medida
correctiva y la multa impuesta a dicho administrado.
Lima, 17 de marzo de 2010
ANTECEDENTES
1. El 30 de diciembre de 2008, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Arequipa (en adelante, la Comisión) inició un procedimiento de oficio
contra Supermercados Peruanos S.A. (en adelante, Plaza Vea) y Quaker
Perú S.R.L. (en adelante Quaker Perú) por presunta infracción a los artículos
5º b), 7º, 8º, 15º y 16º del Decreto Legislativo 716 - Ley de Protección al
Consumidor, señalando que los denunciados comercializaban e importaban
respectivamente, el producto denominado “Chewy Quaker 90 Calories
Variety Pack” sin indicar en el rotulado del mismo ninguno de los requisitos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR