Sentencia nº 000395-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1817-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0395-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1817-2009/ CPC
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : MARÍA CRUZ GÓMEZ DE LA TORRE MIRANDA DE
HANSPACH
DENUNCIADO : SCOTIABANK DEL PERÚ S.A.A.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
RETIROS NO RECONOCIDOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado en el extremo que declaró
fundada la denuncia por haber cargado transacciones virtuales no
reconocidas en la tarjeta de débito de la denunciante y, en consecuencia, se
declara infundada al haberse verificado que las operaciones cuestionadas se
realizaron con la tarjeta de débito y las respectivas claves secretas de la
denunciante en forma válida.
Asimismo, se confirma la referida resolución en el extremo que decla
fundada la denuncia por haberse acreditado que Scotiabank del Perú S.A.A.
no atendió oportunamente el reclamo de la denunciante.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 24 de febrero del 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de julio del 2009, la señora María Cruz Gómez de la Torre Miranda de
Hanspach (en adelante, la señora Gómez de la Torre) denunció a Scotiabank
del Perú S.A.A. (en adelante, Scotiabank)1 por infringir el artículo 8º del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor, al haber realizado
las siguientes conductas:
(i) No haber tomado las medidas de seguridad necesarias para evitar la
realización de cuatro operaciones no reconocidas por la denunciante
con su tarjeta de débito, entre el 2 y 3 de abril del 2009, tres de ellas
efectuadas a través de internet y una mediante un terminal POS, tal
como se indica a continuación:
1 RUC 20100043140 y domicilio fiscal Calle Miguel Seminario 370 distrito de San Isidro en la ciudad de Lima,
conforme lo declarado ante la Sun at (www.sunat.gob.pe).

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