Sentencia nº 000638-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 15 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución15 de Mayo de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente092-2005/CCO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0638-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 092-2005/CCO-INDECOPI
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS (BIF)
DEUDOR : ENRIQUE MANUEL GARCÍA ABALDE (SEÑOR
GARCÍA)
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO A
SOLICITUD DE ACREEDORES
IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD
EXIGIBILIDAD DE LAS OBLIGACIONES
Lima, 15 de mayo de 2006
ANTECEDENTES
El 7 de marzo de 2005, BIF solicitó el inicio del Procedimiento Concursal
Ordinario del señor García por tener frente a dicha persona créditos exigibles
y vencidos por más de 30 días calendario, ascendentes a US$ 1 361 026,87
por capital, US$ 1 648 024,60 por intereses y US$ 135,00 por gastos. En
sustento de sus créditos, BIF presentó copia de cinco pagarés emitidos por
I.B.C. Corporación de Negocios S.A.C. a la orden del Banco de Crédito del
Perú y endosados en propiedad por éste al BIF, los cuales se encontraban
afianzados por el señor Abalde.
Por Resolución Nº 6185-2005/CCO-INDECOPI del 29 de abril de 2005, la
Comisión admitió a trámite la solicitud del BIF y emplazó al señor García para
que manifieste su posición respecto de los créditos acreditados por dicha
entidad bancaria, ascendentes a US$ 1 361 026,87 por capital,
US$ 998 331,65 por intereses y US$ 105,00 por gastos, en alguna de las
formas previstas por el artículo 28º de la Ley General del Sistema Concursal.
El 24 de agosto de 2005, el señor García se opuso a la solicitud del BIF,
argumentando que la exigibilidad de los créditos objeto del emplazamiento se
encontraba cuestionada ante el Poder Judicial con motivo de los procesos
judiciales iniciados contra el BIF, a fin de que se declare la prescripción
extintiva de las acciones cambiarias de los pagarés antes señalados.
Por Resolución Nº 15818-2005/CCO-INDECOPI del 28 de octubre de 2005,
la Comisión declaró infundada la oposición y, en consecuencia, declaró el
inicio del Procedimiento Concursal Ordinario del señor García. La Comisión
sustentó su pronunciamiento en la ausencia de pruebas que acrediten la
existencia de los procesos judiciales alegados por la referida persona.
El 23 de noviembre de 2005, el señor García apeló la Resolución Nº 15818-
2005/CCO-INDECOPI, reiterando los argumentos expuestos en su oposición

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