Sentencia nº 001309-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 26 de Septiembre de 2001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente112339-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1309-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 112339-2000
1-8
SOLICITANTE : FERRER INTERNACIONAL, S.A.
OPOSITOR : HOECHST MARION ROUSSEL
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, veintiséis de setiembre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 22 de agosto del 2000, Ferrer Internacional, S.A. (España) solicitó el
registro de la marca de producto NEUROLEP para distinguir productos
farmacéuticos, veterinarios e higiénicos; sustancias dietéticas para uso médico,
alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los
dientes y moldes dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de
animales dañinos; fungicidas, herbicidas y todos los demás productos de la clase 5
de la Nomenclatura Oficial. Invocó un derecho preferente sobre el presente registro,
en base a la solicitud de cancelación tramitada bajo expediente Nº 9992036.
Con fecha 18 de octubre del 2000, Hoechst Marion Roussel (Francia) formuló
observación a la solicitud de registro manifestando ser titular de la marca
NEUROFOR que distingue productos de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial. Indicó
que los signos en conflicto resultan confundibles entre sí, ya que son casi idénticos.
Posteriormente, señaló que los signos comparten cinco de las ocho letras que los
componen, ubicadas en la misma posición.
Con fecha 14 de noviembre del 2000, Ferrer Internacional, S.A. absolvió el traslado
de la observación manifestando que le asiste un derecho preferente sobre la marca
NEUROLEP, al haber logrado la cancelación de dicha marca. Indicó que la
observación formulada debe declararse improcedente, ya que se sustenta en una
marca que ha coexistido con el signo solicitado. Agregó que, de admitirse lo
contrario, las normas sobre cancelación perderían sentido económico y práctico. De
otro lado, señaló que la posible similitud entre los signos en cuestión ya fue
analizada cuando en su momento se otorgó el registro de la marca NEUROLEP.
Sostuvo que el prefijo NEURO es un prefijo de uso común en la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial que alude al sistema nervioso o a las células llamadas
neuronas.
Mediante proveído de fecha 12 de enero del 2001, la Oficina de Signos Distintivos,
solicitó a Ferrer Internacional, S.A. que excluya de su solicitud la frase “y demás”
para los productos que pretende distinguir con el signo solicitado.
Con fecha 18 de enero del 2001, Ferrer Internacional, S.A. excluyó la frase “y
demás” de los productos que pretende distinguir con el signo solicitado.

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