Sentencia nº 000659-2003/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 10 de Julio de 2003

Fecha de Resolución10 de Julio de 2003
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente163049-2002/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0659-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 163049-2002
1-20
SOLICITANTE : FIERA MILANO S.p.A.
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 16 de la
Nomenclatura Oficial: Inexistencia - Carta de consentimiento – Relación de la
empresa titular de la marca registrada con la empresa solicitante – Constitución
de Grupo Económico
Lima, diez de julio de dos mil tres
I. ANTECEDENTES
Con fecha 26 de setiembre del 2002, Fiera Milano S.p.A. (Italia), solicitó el registro de
la marca de producto constituida por el logotipo conformado por la denominación
FIERAMILANO WORLDWIDE escrita en letras características en forma circular y un
círculo con seis líneas paralelas, según modelo, para distinguir papel, cartón y
artículos hechos de estos materiales, no incluidos en otras clases; material impreso;
materiales de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos para artículos de
escritorio o para uso doméstico; materiales para artistas; pinceles; máquinas de
escribir y de oficina (excepto muebles); material de instrucción y de enseñanza
(excepto aparatos); materiales de plástico para embalaje (no incluídos en otras
clases); caracteres de imprenta; bloques de impresión y, especialmente, periódicos,
revistas, libros y catálogos de la clase 16 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución Nº 2406-2003/OSD-INDECOPI de fecha 28 de febrero del 2003,
la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del signo solicitado.
Consideró que:
i) Los productos que pretende distinguir el signo solicitado están incluidos entre
los productos para los cuales fueron registradas las cuatro marcas: MILANO,
LA FIERA, LA FIERA y figura y la etiqueta circular.
ii) Del examen comparativo realizado de conformidad con los artículos 131, 132,
134, 135 del Decreto Legislativo 823, entre los signos FIERAMILANO
WORLDWIDE y figura circular (signo solicitado) y las marcas registradas
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0659-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 163049-2002
2-20
ETIQUETA CIRCULAR, MILANO, LA FIERA, LA FIERA y figura, se concluye
que el signo solicitado es semejante en grado de producir confusión con las
marcas registradas, por lo que no puede ser admitido a registro.
iii) En el primer caso, la semejanza radica en que ambos signos comparten la
figura circular con fondo color negro que contiene tres líneas paralelas
entrecortadas de color blanco, agrupadas en dos grupos de tres. Si bien
ambos signos difieren en la presencia del elemento denominativo
FIERAMILANO WORLDWIDE en el signo solicitado, la utilización en ambos
signos de la figura circular con las líneas paralelas podría inducir al consumidor
a creer que el signo solicitado constituye una variación de la marca registrada.
iv) Para el segundo caso, la semejanza radica en que ambos signos comparten el
término MILANO. Si bien ambos difieren por la denominación
FIERAWORLDWIDE y el elemento figurativo en el signo solicitado, la utilización
en ambos signos del término MILANO podría inducir al público consumidor a
creer que el signo solicitado es una variación de la marca registrada, toda vez
que uno de los elementos resaltantes en el signo solicitado lo constituye la
denominación MILANO siendo que la denominación FIERA y el elemento
figurativo que lo acompañan, no le otorgan la suficiente diferenciación respecto
a la marca registrada.
v) En el tercer caso, la semejanza radica en que los signos confrontados
comparten el término FIERA. Si bien los signos difieren por la presencia de la
denominación MILANO WORLDWIDE en el signo solicitado y el artículo LA en
la marca registrada, la utilización en ambos signos del término FIERA podría
inducir al público consumidor a creer que el signo solicitado es una variación de
la marca registrada, toda vez que uno de los elementos resaltantes en el signo
solicitado lo constituye la denominación FIERA, siendo que la denominación
MILANO WORLDWIDE y el elemento figurativo que lo acompañan, no le
otorgan la suficiente diferenciación respecto de la marca registrada.
vi) En el cuarto caso, la semejanza se produce en la medida que ambos signos
comparten el término FIERA, debiendo tenerse en consideración que, si bien
ambos difieren por la denominación MILANO WORLDWIDE y elemento
figurativo en el signo solicitado, y el artículo LA y elemento figurativo en el signo
registrado, la utilización en ambos signos del término FIERA podría inducir al
público consumidor a creer que el signo solicitado es una variación de la marca
registrada, toda vez que uno de los elementos resaltantes en el signo solicitado
lo constituye la denominación FIERA, siendo que la denominación MILANO
WORLDWIDE y el elemento figurativo que lo acompañan, no le otorga la
suficiente diferenciación, respecto de la marca registrada.
Con fecha 21 de marzo del 2003, Fiera Milano S.p.A. interpuso recurso de apelación
manifestando lo siguiente:

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