Sentencia nº 003331-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 15 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente010-2012/IMC/PS0-INDECOPI-TAC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3331-2012/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 010-2012-IMC/PS 0-INDECOPI-TAC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE TACNA
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : CRISTHIAN OMAR LIMACHI TORRES
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN FONDO CONTRA ACCIDENTES DE
TRÁNSITO REGIÓN TACNA
MATERIAS : RECURSO DE REVISIÓN
PROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES OTRAS ASOCIACIONES N.C.P.
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión planteado por
Asociación Fondo contra Accidentes de Tránsito Región Tacna contra la
Resolución 196-2012/INDECOPI-TAC, por la causal de aplicación indebida del
principio “solve et repete”, pues el presunto error de derecho alegado no se
encuentra contenido en dicha resolución.
Lima, 15 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 2 de agosto de 2011, el señor Cristhian Omar Limachi Torres (en adelante,
el señor Limachi) denunció ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del
Indecopi de Tacna (en adelante, el ORPS) a Asociación Fondo Contra
Accidentes de Tránsito Región Tacna1 (en adelante, Afocat), por infracción de
la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor2 (en adelante,
el Código), toda vez que la denunciada no cumplió con pagarle la
indemnización ascendente a S/. 8 640,00, por concepto de incapacidad
permanente, luego del accidente de tránsito que sufrió el 24 de octubre de
2009.
2. Mediante Resolución 070-2011/PS0-INDECOPI-TAC del 15 de setiembre de
2011, el ORPS declaró fundada la denuncia contra Afocat por infracción del
artículo 1del Código, sancionándola con una multa de 3 UIT. Asimismo,
como medida correctiva ordenó que, en un plazo de cinco (5) días hábiles de
notificada la resolución, la denunciada cumpliera con entregar al señor
Limachi la suma de S/. 8 640,00.
3. Mediante Resolución 0166-2011/INDECOPI-TAC del 25 de noviembre de
2011, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Tacna (en adelante,
1 RUC 20520062522. Domicilio Fiscal: Avenida 2 De Mayo N° 464B (Sindicado d e Choferes) Distrito, Provincia y
Departamento de Tacna.
2 Publicado el 2 de setiembr e de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vi gencia a los 30 días calendario.

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