Sentencia nº 002940-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente378-2008/CCO-INDECOPI-01-09
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2940-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 378-2008/C CO-INDECOPI-01-09
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
INDECOPI LIMA SUR
DEUDOR : TEXTILES DEL SUR S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : JUAN GREGORIO FERNÁNDEZ CHACALIAZA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
AMPLIACIÓN DE CRÉDITOS
INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA
ACTIVIDAD : PREPARACIÓN Y TEJIDO DE FIBRAS TEXTILES
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 1058-2010/CCO-INDECOPI del 4 de
febrero de 2010, en el extremo que:
(i) reconoció créditos a favor del señor Juan Gregorio Fernández
Chacaliaza frente a Textiles del Sur S.A.C. en Liquidación derivados de
la CTS de los periodos del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2002 y
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, ascendentes a S/. 679,17
por capital y S/. 128,53 por intereses; debido a que la empresa deudora
ha reconocido adeudar dichos créditos al trabajador; y,
(ii) reconoció créditos a favor del trabajador frente a la deudora derivados
de la CTS de los periodos del 1 de mayo de 2005 al 31 de octubre de
2006, ascendentes a S/. 2 835,21 por capital y S/. 390,27 por intereses;
debido a que la empresa deudora no ha acreditado el pago o la
inexistencia de las obligaciones laborales invocadas por el trabajador.
De otro lado, se REVOCA la Resolución 1058-2010/CCO-INDECOPI, en el
extremo que declaró infundada la solicitud de reconocimiento de créditos del
trabajador respecto de la CTS de los periodos del 1 de julio de 1991 al 31 de
octubre de 1997 y del 1 de noviembre de 1998 al 31 de octubre de 2000; y
reformándola, se reconocen créditos a su favor frente a Textiles del Sur
ascendentes a S/. 5 573,71 por capital y S/. 3 115,64 por intereses, a los
cuales les corresponde el primer orden de preferencia; debido a que la
empresa deudora ha reconocido adeudar dichos créditos al trabajador.
Lima, 27 de octubre de 2010
I. ANTECEDENTES
1. El 30 de diciembre de 2009, el señor Juan Gregorio Fernández Chacaliaza
(en adelante, el trabajador) solicitó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de nuevos créditos
frente a Textiles del Sur S.A.C. en Liquidación (en adelante, Textiles del Sur)1
ascendentes a S/. 11 587,54 por capital y S/. 17 535,79 por intereses,
derivados de la compensación por tiempo de servicios de diversos periodos
1 El 27 de abril de 2009, la Comisión publicó el inicio del Procedimiento Concursal d e Textiles del Sur.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR