Sentencia nº 001717-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente125-2008/CPC-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1717-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 125-2008/CPC-INDECOPI-LAL
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA: COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DENUNCIANTE: ASOCIACIÓN DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS
CONSUMIDORES Y USUARIOS PERUANOS
DENUNCIADO : TRADING FASHION LINE S.A.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
ROTULADO
NULIDAD
ACTIVIDAD : VENT. MIN. PRODUCTOS TEXTILES, CALZADO
SUMILLA: Se confirma la Resolución 1329-2008/INDECOPI-LAL del 30
setiembre de 2008, emitida por la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi de la Libertad, en el extremo que declaró fundada la denuncia de la
Asociación de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios
Peruanos contra Trading Fashion Line S.A por infracción del artículo 7º del
Decreto Legislativo 716, al haber comercializado productos, sin consignar en
el rotulado las advertencias en idioma castellano. En consecuencia, se
confirma la medida correctiva ordenada y la condena de costas y costos del
procedimiento.
De otra parte, se revoca la Resolución 1327-2008/INDECOPI-LAL en el
extremo que declaró fundada la denuncia por infracción de los artículos 5º
literal b), 15º y 16º del Decreto Legislativo 716; y modificándola, se declara
infundada. Asimismo, se revoca la sanción de 3 UIT impuesta a Trading
Fashion Line S.A. y reformándola, se fija la misma en 2,50 UIT,
confirmándose la participación de la denunciante en la misma.
SANCIÓN: 2,50 UIT
Lima, 1 de octubre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 11 de abril de 2008, la Asociación de Protección y Defensa de los
Consumidores y Usuarios Peruanos (en adelante, la Asociación) denunció a
Trading Fashion Line S.A. (en adelante, Trading Fashion) ante la Comisión
de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la Comisión)
por infracción del Decreto Legislativo 716 –Ley de Protección al Consumidor.
La Asociación señaló que el denunciado venía comercializando los productos
Giggles & Coosbaby”, “Sartorius and Iron” y “Carro a Fricción”, que a la vez
importada, sin cumplir con consignar en idioma castellano la información
sobre las advertencias.

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