Sentencia nº 000153-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 12 de Marzo de 2001

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente102590-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 153-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 102590-2000
1-7
SOLICITANTE : LABORATORIOS SOPHIA, S.A. de C.V.
DE OFICIO
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial: Existencia - Limitación de productos
Lima, doce de marzo de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 15 de marzo del 2000, Laboratorios Sophia, S.A. de C.V. (México) solicitó
el registro de la marca LAGRICEL OFTENO para distinguir medicinas y
preparaciones farmacéuticas, especialmente aquéllas para uso oftálmico, y demás
productos de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución Nº 12309-2000/OSD-INDECOPI de fecha 10 de octubre del
2000, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro solicitado. Señaló
que del Informe de antecedentes se verificó la existencia de la marca LAGRISEL que
distingue productos de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial, con la cual el signo
solicitado resulta ser gráfica y fonéticamente semejante, ya que comparten igual
número de consonantes y vocales (L, A, G, R, I, S, E, L) dispuestas en el mismo
orden, lo que hace que se escriban y pronuncien de manera muy similar,
diferenciándose únicamente en la presencia de la letra C y del término OFTENO en
el signo solicitado, a diferencia de la letra S en la marca registrada, lo que no resulta
suficiente para diferenciar a los signos, por cuanto dichas letras producen un sonido
idéntico. Indicó que la inclusión del término OFTENO en el signo solicitado da la idea
de tratarse de una nueva presentación del producto, pudiendo inducir al consumidor
a confusión indirecta. Precisó que los productos distinguidos con la marca registrada
incluyen los que pretende distinguir el signo solicitado.
Con fecha 7 de noviembre del 2000, Laboratorios Sophia, S.A. de C.V. interpuso
recurso de apelación manifestando que es posible que dos signos coincidan en la
mayoría de sus letras, pero susciten en el consumidor una impresión en conjunto
distinta. Señaló que es la denominación OFTENO la que será utilizada para
reconocer y recordar la marca en referencia tanto por parte de los médicos
oftalmólogos como por parte de los consumidores y que no constituye un término
accesorio, además que no se encuentra presente en la marca registrada. Precisó
que la marca base de la denegatoria presenta la siguiente secuencia de vocales: A,
I, E, en tanto que el signo solicitado presenta únicamente las vocales A, I, E, O, E,
O, además que también se diferencian en la secuencia de consonantes, lo que
determina una pronunciación, escritura e impresión visual de conjunto diferentes.
Señaló que debe tenerse en cuenta que la marca registrada LAGRISEL distingue
productos de la clase 5 de una manera bastante general, por lo que se está ante
diferentes tipos de productos, cuya publicidad, venta, uso, funciones y propiedades
impiden que se pueda dar un riesgo de confusión. Citó jurisprudencia que consideró
aplicable al caso de autos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR