Sentencia nº 000151-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 12 de Marzo de 2001

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente100305-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 151-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 100305-2000
1-5
SOLICITANTE : COLGATE-PALMOLIVE COMPANY
DE OFICIO
Suspensión del procedimiento
Lima, doce de marzo de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 3 de febrero de 2000, Colgate-Palmolive Company (Estados Unidos de
América) solicitó el registro de la marca de producto PROTEX, en letras
características, donde la letra X se forma a partir del diseño de tres franjas oblicuas,
conforme al modelo, para distinguir lociones para la piel para repeler insectos,
productos para el cuidado de los pies (por ejemplo, talcos, aerosoles, etc. para
eliminar los hongos), productos para el tratamiento de heridas en la forma de
ungüentos, jabones y aerosoles limpiadores; productos farmacéuticos, veterinarios e
higiénicos; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos,
material para apósitos; material para empastar los dientes y para moldes dentales;
desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas,
herbicidas y todos los demás productos, de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución Nº 8451-2000/OSD-INDECOPI de fecha 19 de julio de 2000, la
Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro solicitado. Considerando
que en el signo solicitado PROTEX y logotipo, la denominación constituye el
elemento relevante, determinó que es gráfica y fonéticamente semejante a la marca
PROTEXA, registrada a favor de Megaprom S.A. (Perú) para distinguir productos de
la clase 5 de la Nomenclatura Oficial, debido a que comparten la misma secuencia
de letras y vocales P,R,O,T,E,X, hecho que determina que su pronunciación sea
muy similar, no obstante la presencia de la vocal A, al final de la marca registrada.
Con fecha 15 de agosto de 2000, Colgate-Palmolive Company interpuso recurso de
apelación manifestando que ha solicitado la cancelación por falta de uso de la marca
PROTEXA, en trámite bajo expediente N° 111765. Señaló que los signos en
cuestión son diferentes, debido a que el signo solicitado esta conformado por dos
sílabas y termina en la letra X y la mayor fuerza de voz recae en la sílaba PRO,
mientras que la marca registrada esta conformada por dos sílabas y termina en la
expresión XA (que se pronuncia como ZA) y la mayor fuerza de voz recae en la
sílaba intermedia TE. Además, el signo solicitado está conformado por un diseño
gráfico y logotipo muy particular compuesto por dos elementos: un tipo de letra muy
particular y tres franjas gruesas, oblicuas y paralelas que van reduciendo de tamaño
gradualmente y coinciden con el diseño de la letra X. Finalmente, manifestó que el
signo solicitado se encuentra registrado en diferentes países del mundo y goza de la
calidad de notoriamente conocido.

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