Sentencia nº 003271-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 30 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3379-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 3271-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3379-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : DORA LI CHU
DENUNCIADO : JAVIER EDGAR SÁNCHEZ TORRES
MATERIA : TEMAS PROCESALES
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES JURÍDICAS
SUMILLA: Se acepta el desistimiento del procedimiento formulado por la
señora Dora Li Chu, debido a que no se aprecia una afectación al interés
general ni al interés de terceros. Por lo tanto, se declara concluido el
procedimiento y se dispone el archivo del expediente.
Lima, 30 de noviembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 29 de noviembre de 2010, la señora Dora Li Chu (en adelante, la señora
Li) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur
(en adelante, la Comisión) al señor Javier Edgar Sánchez Torres1 (en
adelante, el señor Sánchez) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley
de Protección al Consumidor, por no haberle brindado un servicio diligente en
su calidad de abogado, al no interponer un recurso de casación respecto a
una sentencia de segunda instancia en el plazo legal establecido y además
no haberle devuelto una serie de documentos entregados para seguir el
proceso judicial. Asimismo, indicó que el denunciado no le habría entregado
recibos por honorarios por los pagos realizados.
2. Mediante Resolución 2642-2011/CPC del 14 de setiembre de 2011, la
Comisión resolvió lo siguiente:
(i) Declaró fundada en parte la denuncia interpuesta contra el señor
Sánchez por infracción de los artículo 6º y 8º de la Ley de Protección al
Consumidor;
(ii) ordenó como medida correctiva la entrega del recibo correspondiente; y,
(iii) sancionó al señor Sánchez con 1 UIT y lo condenó a asumir el pago de
costas y costos del procedimiento.
3. El 27 de setiembre de 2011, el señor Sánchez apeló la Resolución 2462-
2011/CPC. En virtud de dicha apelación, el expediente fue elevado a la Sala
el 24 de octubre de 2011.
1 RUC 10078194265. Domicilio Fiscal: Av. Petit Thouars 951, Urb. Santa Beatriz, Cercado de Lima.

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