Sentencia nº 001298-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 25 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente082-2005/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 1298-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 082-2005/CCD
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE REPRESIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISIÓN)
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN PERUANA DE CONSUMIDORES Y
USUARIOS - ASPEC (ASPEC)
DENUNCIADO : INDUSTRIAS PACOCHA S.A. (INDUSTRIAS
PACOCHA)
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE VERACIDAD
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS
SUMILLA: en el procedimiento seguido por la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios – ASPEC contra Industrias Pacocha S.A., la
Sala ha resuelto confirmar la Resolución Nº 0122-2005/CCD-INDECOPI
emitida por la Comisión de Represión de la Competencia Desleal el 26
de octubre de 2005, en el extremo que declaró fundada la denuncia
respecto del uso de la afirmación “100% vegetal”, teniendo en
consideración que entre sus ingredientes se encontraba incluido un
6,14% de insumo lácteo.
Asimismo, la Sala ha resuelto revocar la Resolución Nº 0122-2005/CCD-
INDECOPI en el extremo que declaró infundada la denuncia respecto
del uso de la afirmación “0% colesterol” y, en consecuencia, ha
declarado fundada la denuncia dado que la margarina “Dorina Clásica”
tiene como ingrediente principal el aceite vegetal hidrogenado que
contiene “ácidos grasos trans”, los mismos que generan
hipercolesterolemia.
Atendiendo a las infracciones identificadas, la Sala ha sancionado a
Industrias Pacocha S.A. con una multa ascendente a 10 UIT, ordenó el
cese inmediato y definitivo de ambas afirmaciones y ordenó que la
infractora asuma el pago de las costas y costos del procedimiento.
Por último, la Sala ha resuelto integrar la Resolución N° 122-2005/CCD-
INDECOPI en el extremo que omitió asignar a ASPEC el porcentaje de la
multa impuesta a Industrias Pacocha y, en consecuencia, se dispuso
que dicha entidad participe del 50% de la multa.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 25 de agosto de 2006

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR