Sentencia nº 001640-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente026-2008/04-03/CCO-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1640-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 026-2008-04-03/ CCO-INDECOPI-AQP
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
DEUDOR : ARMADORES PESQUEROS S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PROFUTURO ADMINISTRADORA PRIVADA DE
FONDOS DE PENSIONES
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN Y CONSERVA DE PESCADO
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0579-2009/INDECOPI-AQP del 12 de
noviembre de 2009, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos
a favor de Profuturo Administradora Privada de Fondos de Pensiones frente a
Armadores Pesqueros S.A. en Liquidación, ascendentes a S/. 96,75 por
capital y S/. 384,55 por intereses derivados de las comisiones impagas, les
corresponde el quinto orden de preferencia y se desestima el pedido
formulado por la entidad previsional para que se inaplique a su solicitud de
reconocimiento de créditos lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley
General del Sistema Concursal, modificado por el artículo 15 del Decreto
Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de preferencia a los créditos,
toda vez que dicho dispositivo no contraviene lo dispuesto por el artículo 24
Lima, 24 de mayo de 2010
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 220-2009/INDECOPI-AQP de fecha 30 de abril de 2009, se
declaró el concurso de Armadores Pesqueros S.A. (en adelante, Arpes),
mediante aviso publicado el 25 de mayo del 2009 en el diario oficial “El
Peruano”1.
2. Mediante escrito del 6 de julio del 2009, Profuturo AFP (en adelante
Profuturo), solicitó el reconocimiento del crédito de origen provisional que
mantiene frente a Arpes, ascendente a la suma de S/. 2 271,76 de los cuales
S/. 456,66 corresponden a capital y S/. 1 815,11 a intereses, adjuntando
liquidaciones para cobranza correspondientes a los períodos de junio de
1 Mediante Junta d e Acreedores del 25 de febrero de 2010, se acordó l a disolución y liquid ación de Arpes, asim ismo
se n ombró como entidad liquidadora a Welcome Consultores y Asociados S.A.C. (en adelante Welcome
Consultores).

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