Sentencia nº 001082-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 30 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente028-2010/CCD-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1082-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 028-2010/CCD-IN DECOPI-CUS
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CUSCO
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
DENUNCIADA : TIENDAS GIRASOLES S.R.L
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA DE PRODUCTOS AL POR MENOR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 446-2010/INDECOPI-CUS del 26 de
octubre de 2010, en el extremo que declaró fundada la imputación de oficio
contra Tiendas Girasoles S.R.L por infracción al principio de legalidad, bajo
la modalidad establecida en el artículo 17.3 literal f) del Decreto Legislativo
1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal; al haber difundido un
anuncio publicitario en el exterior de su local comercial, sin consignar la
vigencia de la promoción anunciada ni el número mínimo de unidades
disponibles de la misma.
Asimismo, se MODIFICA la Resolución 446-2010/INDECOPI-CUS en el
extremo que sancionó a Tiendas Girasoles S.R.L con una multa de 2,5
Unidades Impositivas Tributarias (UIT); y, reformándola, corresponde
imponer una amonestación. Ello, debido a que el anuncio cuestionado tuvo
una difusión restringida y a que no ha quedado acreditado que se haya
producido una afectación real en el mercado.
SANCIÓN: AMONESTACIÓN
Lima, 30 de mayo de 2011
I. ANTECEDENTES
1. El 4 de junio de 2010, la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización
de la Competencia Desleal en Cusco (en adelante, la Comisión) realizó una
inspección en el local comercial de Tiendas Girasoles S.R.L1 (en adelante,
Girasoles) constatando la existencia de un panel publicitario en la entrada del
establecimiento, en el que se anunciaba la siguiente promoción:
“Por la Compra de un Calzado de
Cuero Dama
1 R.U.C. 20498263381

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