Sentencia nº 000160-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 14 de Marzo de 2001

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente035-2000/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0160-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 035-2000/CCD
059-2000/CCD
(ACUMULADOS)
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : VALVOSANITARIA INDUSTRIAL S.A. (VAINSA)
DENUNCIADOS : FABRICA DE GRIFERIA S.A. (FAGRISA)
DERSA S.A. (DERSA)
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
ACTOS DE CONFUSION
EXPLOTACION DE LA REPUTACION AJENA
ACTIVIDAD : FABRICACION DE BOMBAS, COMPRESORES,
GRIFOS Y VALVULAS
SUMILLA: se confirma la Resolución N° 057-2000/CCD-INDECOPI emitida
por la Comisión de Represión de la Competencia Desleal el 21 de setiembre
de 2000 en los extremos apelados en que declaró infundadas las denuncias
presentadas por Valvosanitaria Industrial S.A. contra Fábrica de Grifería
S.A. y Dersa S.A. por supuestas infracciones a los artículos 8 y 14 del
Decreto Ley N° 26122, Ley sobre Represión de la Competencia Desleal.
Lo anterior considerando que las denunciadas no resultan responsables
por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de
confusión tipificados en el artículo 8 de la Ley sobre Represión de la
Competencia Desleal, dado que los diseños de las perillas denominadas
“galaxia” y “diamante”, así como la forma en que son presentadas por las
denunciadas no generan riesgo de confusión en los consumidores, en la
medida que son comunes y generales en el mercado de comercialización
de grifería, siendo empleados por distintas empresas que concurren en el
mismo, sin identificar específicamente a ninguna de ellas.
En consecuencia, habiéndose determinado que no existe riesgo de
confusión, las denunciadas tampoco resultan responsables por los actos
de explotación de la reputación ajena materia de denuncia, tipificados en el
artículo 14 de la Ley sobre Represión de la Competencia Desleal.
Lima, 14 de marzo de 2001
I. ANTECEDENTES
El 9 de marzo de 2000, Vainsa denunció a Fagrisa por presuntas infracciones al
artículo 8 y 14 del Decreto Ley 26122, Ley Sobre Represión de la
Competencia Desleal, señalando que venía fabricando y comercializando grifería
que presuntamente reproducía los diseños diamante, zafiro, rubí y galaxia de la

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