Sentencia nº 000364-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 20 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente021-2004/03-05/CCO-ODI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0364-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 021-2004-03-05/CCO-ODI-AQP
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL
SAN AGUSTÍN (LA COMISIÓN)
DEUDOR : SOCOSANI S.A. (SOCOSANI)
ACREEDOR : WATT’S ALIMENTOS PERÚ S.A. (W ATT’S)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS COMERCIALES
COMPENSACIÓN DE OBLIGACIONES
ACTIVIDAD : EMBOTELLAMIENTO DE AGUA MINERAL Y
BEBIDAS JARABEADAS EN GENERAL
Lima, 20 de marzo de 2006
I. ANTECEDENTES
El 16 de agosto de 2004, Watt’s solicitó el reconocimiento de créditos frente
a Socosani
1
ascendentes a US$ 755 699,34 por capital y US$ 126 449,63
por intereses, calculados al 19 de julio de 2004. En dicha solicitud, que fue
complementada el 18 de noviembre de 2004, Watt’s señaló que los créditos
invocados se encontraban estructurados de la siguiente manera:
(i) Créditos derivados de la compra-venta de acciones celebrado entre
Socosani y Watt’s el 31 de diciembre de 1998. Según Watt’s, el total
de la deuda impaga al 1 de setiembre de 2002 ascendería a
US$ 250 988,97 por capital e intereses, además de los intereses
generados desde dicha oportunidad al 19 de julio de 2004,
ascendentes a US$ 20 422,82
2
.
(ii) Créditos derivados del contrato de distribución celebrado entre Watt’s
y La Pradera el 31 de diciembre de 1998, en mérito del cual La
Pradera habría mantenido obligaciones a favor de Watt’s ascendentes
a US$ 552 936,44
3
. Dichas obligaciones, a su vez, habrían sido objeto
de dos operaciones que se detallan a continuación:
1
Mediante Resolución N° 0217-2004/CCO-ODI-AQP del 3 0 de junio de 2004 se declaró la situación de concurso
de Socosani. Mediante aviso publicado el 19 de julio de 2004 en el diario oficial "El Peruano", s e citó a los
acreedores de la concursada, para que presenten sus solicitudes de reconocimiento de créditos, señalándose
como fecha límite el 6 de setiembre de 2004.
2
A fin de sustentar este extremo del pedido, W att’s presentó copias simples del contrato de Compra Venta de
Acciones de fecha 31 de diciembre de 1998, así como del Addendum al Contrato de Compra Venta de Acciones
de fecha 2 de julio de 2002.
3
A fin de suste ntar este extremo del pedido, Watt’s presentó copia del Contrato de Distribución del 31 de
diciembre de 1998, así como de los Addendum respectivos y de las veintiséis letras de cambio aceptadas por La
Pradera y avaladas por Socosani.

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