Sentencia nº 000089-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Enero de 2011

Fecha de Resolución13 de Enero de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente154-2009/CEB-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0089-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 000154-2009/CEB-I NDECOPI
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTES : INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LA CHALANA
S.A.C.
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA LA PORTADA
DEL SOL S.A.
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SOTAVENTO
S.A.C.
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA BARLOVENTO
S.A.C.
DENUNCIADAS : MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA
MATERIA : ACCESO AL MERCADO
BARRERAS BUROCRÁTICAS
CAMBIO DE ZONIFICACIÓN
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 00095-2010/CEB-INDECOPI del 22 de
abril de 2010, que declaró barrera burocrática ilegal las Ordenanzas 198-
MML, 344-MML y 1144-MML y el Acuerdo de Concejo 351-MML. La razón es
que la modificación de la zonificación del sub-lote 10D del uso “Comercio
Zonal o C3” al uso “Residencial de Densidad Baja – RDB o R1” fue efectuada
en el marco de las competencias atribuidas a la Municipalidad Metropolitana
de Lima, por los artículos 9 de la Ordenanza 134-MML y 32 del Decreto
Supremo 007-85-VC, aplicables al caso concreto.
Asimismo, se REVOCA la Resolución 00095-2010/CEB-INDECOPI en el
extremo que declaró improcedente el cuestionamiento formulado por
Inmobiliaria y Constructora La Portada del Sol S.A., Inmobiliaria y
Constructora Sotavento S.A.C. e Inmobiliaria y Constructora Barlovento
S.A.C.; y, se declara INFUNDADO el mismo. El motivo es que la exigencia de
seguir un procedimiento administrativo para el cambio específico de
zonificación ha sido establecida por el artículo 34 de la Ordenanza 620-MML
y no por mera arbitrariedad de la MML, por lo que no constituye una barrera
burocrática ilegal.
Lima, 13 de enero de 2011
I ANTECEDENTES
1. El 23 de diciembre de 2009, Inmobiliaria y Constructora La Chalana S.A.C.
(en adelante, La Chalana), Inmobiliaria y Constructora La Portada del Sol
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0089-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 000154-2009/CEB-I NDECOPI
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S.A., Inmobiliaria y Constructora Sotavento S.A.C. e Inmobiliaria y
Constructora Barlovento S.A.C. (en adelante, La Portada del Sol y otras)
denunciaron a la Municipalidad Metropolitana de Lima (en adelante, MML)
por la imposición de las presuntas barreras burocráticas ilegales consistentes
en el cambio de zonificación del sub-lote 10D del uso “Comercio Zonal o C3”
al uso “Residencial de Densidad Baja – RDB o R1” y la negativa de ampliar la
zonificación C3 a los sub-lotes 10B, 1B y el lote 4, señalando que tales
actuaciones contravendrían el Decreto Supremo 007-85-VC y la Ordenanza
134-MML, normas aplicables al caso1.
2. Las denunciantes señalaron lo siguiente:
Respecto del sub-lote 10D2
(i) Los Planes de Desarrollo Metropolitano Lima-Callao correspondientes a
los períodos 1977-1990 y 1990-1996 otorgaban el uso “Comercio Zonal”
(antes llamado C3) al íntegro del lote 10. No obstante, en el año 1999,
mediante Ordenanza 198-MML3 se aprobó una nueva zonificación para
el distrito de La Molina, que otorgó el uso Residencial de Densidad Baja
– RDB (antes denominado R1) al referido lote.
(ii) El mencionado cambio disminuyó el uso del sub-lote 10D en siete (7)
categorías4; por ello, vulneró los artículos 9 y 10 de la Ordenanza 134-
MML5 que solo permitían cambios que incrementen la calificación de la
zonificación.
(iii) El 20 de diciembre de 2001, se publicó la Ordenanza 344-MML que
modificó el plano de zonificación del distrito de La Molina, de acuerdo
con las solicitudes de reajuste formuladas por algunos vecinos. En
mérito a esta norma, algunos predios pertenecientes al lote 10
obtuvieron la zonificación C2, siendo que el sub-lote 10D mantuvo el
uso R1.
1 Dichas normas fu eron derogadas por el Decr eto Supremo 027-2003-VIVIENDA y la O rdenanza 620-MML,
respectivamente.
2 De propiedad de L a Chalana, cuyo Gerente General es el señor Lenin Núñez Cornejo. Dicho predio tiene frente a l a
Av. La Molina, con un área de 18,00 9.13m2 y se encuentra inscrito en la Partida Nº 1205 2778.
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3 Publicada el 28 de julio de 199 9.
4 Las categorías: C3, C2, C1, R5, R4, R3, R2 y R1.
5 Ordenanza que reglament a la actualización y reajuste del Plano de Zonificación G eneral de Lima M etropolitana.
Dicha norma fue derog ada por la Ordenanza 620-MML, que reglamenta el pr oceso de Aprobación del Plan
Metropolitano de Acondicion amiento Territorial y Desarrollo Urbano de Lima, de Planes Distritales y actu alización de
la zonificación de l os usos de suelo de Lim a Metropolitana, publicada en el Diario Oficial El Peruan o el 4 de abril de
2004.

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