Sentencia nº 002897-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente3117-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 2897-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 3117-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : CARMEN ROSA ANGÉLICA MENDIETA
ARROYO
DENUNCIADOS : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado, en el extremo que
declaró improcedente la denuncia planteada por la señora Carmen Rosa
Angélica Mendieta, al haber prescrito la acción para denunciar la presunta
información errónea respecto al equipo de computo adquirido.
Lima, 26 de setiembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 2 de noviembre de 2010, la señora Carmen Rosa Angélica Mendieta
Arroyo (en adelante, la señora Mendieta) denunció ante la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº1 (en adelante, la Comisión) a
Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, Telefónica) por infracción del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor1, por haberle
brindado información errónea respecto a la computadora que se le vendió y
por haberle negado acceder al servicio denominado “Trío Telefónica”
2. La señora Mendieta manifestó lo siguiente:
(i) En el mes de julio de 2008, Telefónica le ofreció un paquete
denominado “duo informático” el cual incluía el servicio de
telecomunicaciones más la entrega de un equipo de computo de última
generación, por un pago de 36 cuotas mensuales de S/. 260,10 cada
una;
(ii) luego de recibir el equipo de computo, tomó conocimiento que esta
constituía un equipo básico con una versión menor a la Pentium y
además no tenía el Software de Microsoft Office instalado; y,
(iii) el paquete dúo informático contratado en el 2008 no le permite acceder
al paquete trió de telefónica, cuyas tarifas son más económicas.
3. En sus descargos, Telefónica manifestó que la información respecto al
paquete “duo informático” fue brindada en el mes de julio de 2008, por lo
1 Cuyo Texto Único Ordenad o fue aprobado por Decreto Supremo 006-2009-P CM, publicado el 30 de enero de 2009
en el diario oficial El Peruano.

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