Sentencia nº 000555-2003/SCO de Sala concursal, 27 de Junio de 2003

Fecha de Resolución27 de Junio de 2003
EmisorSala concursal
Expediente007-2002/PS/CCO-ODI-PUC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0555-aa/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 007-2002-PS/CCO-ODI-PUCP
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD
CATÓLICA DEL PERÚ (LA COMISIÓN)
DEUDOR : COMPAÑÍA DE SERVICIOS TURÍSTICOS CESAR’S S.A.
EN LIQUIDACIÓN (CESAR’S)
DENUNCIANTE : CARLOS ALBERTO ESQUIVEL VELARDE (SEÑOR
ESQUIVEL)
DENUNCIADO : RIGHT BUSINESS S.A. (RIGHT BUSINESS)
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
OBLIGACIONES DEL LIQUIDADOR
SUMILLA: La Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) Confirmar la Resolución N° 0578-2003/CCO-ODI-PUC emitida el 6 de
marzo de 2003 por la Comisión Delegada de Procedimientos
Concursales en la Pontificia Universidad Católica del Perú, en el
extremo que determinó como infracción el incumplimiento de la
obligación de iniciar las acciones tendientes a lograr la entrega de la
totalidad del acervo documentario de la insolvente, e impuso a Right
Business S.A., entidad liquidadora de Compañía de Servicios
Turísticos Cesar’s S.A. en Liquidación, una multa ascendente a dos
(2) Unidades Impositivas Tributarias.
Si bien consta en el expediente que en la Junta de Acreedores del 26
de julio de 2002 Right Business informó a los acreedores sobre su
denominada “estrategia de no enfrentamiento” con la anterior
administración, quiénes al no manifestar su oposición consintieron en
la misma, no consta que luego de vencido el plazo dado por la misma
entidad liquidadora en aquélla oportunidad, ésta haya efectuado
acción alguna tendiente a lograr la efectiva entrega de la totalidad del
acervo documentario. En consecuencia, Right Business no actuó
diligentemente en resguardo de los intereses de la masa, infringiendo
la obligación establecida en el inciso a) del artículo 83.2º de la Ley
General del Sistema Concursal.
(ii) Revocar la Resolución N° 0578-2003/CCO-ODI-PUC en el extremo que
determinó como infracción el incumplimiento de las obligaciones que
se detallan a continuación e impuso a Right Business S.A. una multa
ascendente a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias.
a) La obligación de informar al Comité sobre las modificaciones
efectuadas al inmueble de Compañía de Servicios Turísticos
Cesar’s S.A. en Liquidación, dado que dicha obligación no se
encontraba prevista ni en la Ley ni en el Convenio de
Liquidación por lo que, en aplicación del principio de legalidad
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0555-aa/SCO-INDECOPI
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y tipicidad, no correspondía tipificarla como infracción ni
imponer sanción alguna por su incumplimiento.
b) La obligación de iniciar las acciones legales frente al
incumplimiento del contrato de arrendamiento sobre el
inmueble del insolvente, dado que ha quedado acreditado que
el interés de los acreedores era mantener vigente dicho
contrato hasta una oportunidad determinada, esto es, hasta la
realización de las subastas programadas para marzo de 2003,
por lo que la entidad liquidadora, al no iniciar acciones legales
frente al incumplimiento del mismo, estaba actuando en
resguardo de dichos intereses y no en contra de éstos.
c) La obligación de asistir a la audiencia programada en el
proceso judicial seguido contra la insolvente, dado que el
pronunciamiento final emitido por el Juez competente en dicho
proceso judicial resultó favorable al interés de los acreedores,
con lo que se logró la finalidad de resguardar dicho interés.
SANCIÓN: Dos (02) Unidades Impositivas Tributaria a Right Business S.A.
Lima, 27 de junio de 2003
I. ANTECEDENTES
Mediante escrito presentado el 28 de noviembre de 2002, el señor Esquivel,
acreedor reconocido de Cesar’s
1
, formuló denuncia contra Right Business por
incumplimiento de sus funciones como entidad liquidadora de dicha empresa,
señalando lo siguiente:
(i) En la cláusula sexta del Convenio de Liquidación se estableció la
obligación de Cesar's de entregar a la entidad liquidadora la información y
documentación indicada en dicha cláusula en un plazo de 15 días. Sin
embargo, pese a que han transcurrido más de doce meses sin que se haya
dado cumplimiento a lo acordado en la referida cláusula, Right Business se
ha limitado a cursar cartas notariales exigiendo la entrega del acervo
documentario, sin obtener resultado alguno, incumpliendo de esta manera
sus obligaciones en perjuicio de los acreedores.
1
Por Resolución Nº 002-98/CSM-ODI-CAL del 2 de julio de 1998 se declaró la insolvencia de Cesar's. En reunión de Junta
de Acreedores del 19 de junio de 2001, se acordó la disolución y liquidación de la empresa deudora de conformidad con
lo establecido en los artículos 60 y siguientes de la Ley de Reestructuración Patrimonial, designándose a Corporación
Asesora S.A. como entidad liquidadora de Cesar's. El 23 de octubre de 2001, se reunió en segunda convocatoria la Junta
de Acreedores de Cesar's, con un quórum ascendente a 98.02% de los créditos reconocidos, oportunidad en la que se
acordó el cambio de la entidad liquidadora nombrándose a Right Business en dicho cargo y suscribiéndose el respectivo
Convenio de Liquidación.

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