Sentencia nº 001022-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009//CCO-INDECOPI-01-30
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1022-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/C CO-INDECOPI-01-30
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : JOSÉ LEONIDAS VARGAS GIL
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 8263-2010/CCO-INDECOPI del 18 de
noviembre de 2010 que dispuso el retiro del registro como contingentes de
los créditos ascendentes a S/. 166 529,62 por capital y reconoció a favor del
señor José Leonidas Vargas Gil frente a Panamericana Televisión S.A. tales
créditos, toda vez que se ha verificado que no existe controversia alguna
respecto de dichos créditos, toda vez que el Órgano Jurisdiccional se
pronunció sobre la existencia de los mismos.
Lima, 18 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 3201-2010/CCO-INDECOPI del 7 de mayo de 2010, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) resolvió registrar como contingentes los créditos invocados por el
señor José Leonidas Vargas Gil (en adelante, el trabajador) frente a
Panamericana Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana) ascendentes a
S/. 166 529,62 por capital.
2. La Comisión fundamentó su decisión manifestando que dichos créditos se
encontraban controvertidos ante el Órgano Jurisdiccional, al estar pendiente
de resolverse un recurso de casación interpuesto por Panamericana contra
Resolución Judicial del 18 de junio de 2008, que confirmó la Sentencia Nº 09-
2007 del 31 de enero de 20072, la que a su vez declaró fundada en parte la
demanda interpuesta por el trabajador contra Panamericana sobre pago de
beneficios sociales y ordenó a dicha empresa el pago de la suma de
S/. 166 529,62 por capital.
3. El 25 de octubre de 2010, el trabajador solicitó el retiro del registro de
contingentes de los créditos ascendentes a S/. 166 529,62 por capital,
señalando que dichos créditos ya no se encontraban controvertidos. Para
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” que Panamericana Tel evisión S.A. quedó sometida a un Procedimient o Concursal Preventivo.
2 Emitida por la Tercera Sala L aboral de la Corte Superior de Justicia de Lima.

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