Sentencia nº 000453-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 4 de Abril de 2006

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente243662-2005/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0453-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 243662-2005
1-11
EMPLAZADA : ROSA JULIA PERALES DELGADILLO
Acción por infracción a los derechos de propiedad industrial: Fundada –
Imposición de sanciones
Lima, cuatro de abril del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Mediante providencia de fecha 23 de mayo del 2005, la Oficina de Signos
Distintivos dispuso iniciar de oficio una denuncia por infracción a los derechos
de propiedad industrial contra Rosa Julia Perales Delgadillo, toda vez que
durante la diligencia de inspección realizada en el establecimiento de la
emplazada se hallaron productos (sandalias) en los que se habrían utilizado
indebidamente los signos POOH y BOB ESPONJA, según consta en el acta de
inspección e incautación de fecha 10 de diciembre del 2004 y en el acta de
verificación y conteo de fecha 4 de enero del 2005.
Mediante providencia de fecha 18 de julio del 2005, la Oficina de Signos
Distintivos declaró rebelde a la emplazada, al no haber cumplido con presentar
sus descargos.
Mediante Resolución 13285-2005/OSD-INDECOPI de fecha 30 de
setiembre del 2005, la Oficina de Signos Distintivos declaró fundada la
denuncia interpuesta contra Rosa Julia Perales Delgadillo, en atención a las
siguientes consideraciones:
- De la revisión de los productos decomisados en el local de la emplazada, se
establece que ha comercializado sandalias con los signos POOH y BOB
ESPONJA, entre otros, los cuales se encuentran registrados a favor de
distintas personas.
- Si bien los signos empleados en los productos que ha comercializado la
emplazada puede no aparecer de la misma forma como éstos se
encuentran registrados, tales diferencias resultan mínimas e irrelevantes
para estos efectos, persistiendo el riesgo de confusión.
- La emplazada ha comercializado productos en los se utilizan marcas
registradas a favor de terceros, sin contar con la debida autorización,
afectando de esta manera los derechos de propiedad industrial de éstos.
Por las consideraciones expuestas, la Oficina de Signos Distintivos determinó
lo siguiente:
- Imponer a Rosa Julia Perales Delgadillo una multa 0,5 UIT.

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