Sentencia nº 000445-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 3 de Marzo de 2009
Fecha de Resolución | 3 de Marzo de 2009 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 047-2008/CPC-INDECOPI-LOR |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 0445-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 047-2008/CPC-INDECOPI-LOR
M-SDC-13/2A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LORETO
DENUNCIADO : INVERSIONES LAS NINFAS S.R.L.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIO RIESGOSO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MEDIDAS CORRECTIVAS
ACTIVIDAD : TRANSPORTE VIA NAVEGACION INTERIOR
SUMILLA: se confirma la Resolución 131-2008/INDECOPI-LOR del 31 de
julio de 2008 emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Loreto, en el extremo que encontró responsable a Inversiones Las
Ninfas S.R.L. por infringir el artículo 8 del Decreto Legislativo 716 por: (i)
no contar con un número de chalecos salvavidas para el 100% de la
tripulación y los pasajeros; y, (ii) no contar con un botiquín que se
encuentre implementado conforme a lo detallado en el Anexo D del
Código de Seguridad de Equipos para Naves y Artefactos Navales
Marítimos, Fluviales y Lacustre. De otro lado, se revoca la resolución
apelada en el extremo que halló responsable al investigado en virtud de
dichas conductas por infracción del artículo 9 del Decreto Legislativo 716,
debido a que esta norma no corresponde a tales supuestos.
Se confirma la Resolución 131-2008/INDECOPI-LOR en el extremo que
Decreto Legislativo 716 por: (i) trasladar un número de pasajeros que
excedía el que se encontraba autorizado a transportar; y, (ii) utilizar agua
insalubre en la preparación de los alimentos. De otro lado, se revoca el
extremo que halló responsable a Inversiones Las Ninfas S.R.L. en virtud
mencionado.
Finalmente, se confirma la Resolución 131-2008/INDECOPI-LOR en el
extremo que sancionó a Inversiones Las Ninfas S.R.L. con una multa de 2
UIT y que ordenó, en calidad de medida correctiva, que la infractora
adopte las medidas de seguridad omitidas.
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