Sentencia nº 000453-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 28 de Abril de 2005
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2005 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 210577-2004/OSD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0453-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 210577-2004
1-7
SOLICITANTE : PROCESADORA NACIONAL DE ALIMENTOS C.A.
PRONACA
Registro de lema comercial – Inexistencia de marca a publicitar determina
imposibilidad de evaluar registrabilidad del lema comercial
Lima, veintiocho de abril del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES
Con fecha 18 de mayo del 2004, Procesadora Nacional de Alimentos C.A. PRONACA
(Ecuador) solicitó el registro del lema comercial EL SECRETO DE LOS EXPERTOS,
para usarse como complemento de la marca de producto PRO-CAN SHOW y etiqueta,
solicitada para distinguir productos de la clase 31 de la Nomenclatura Oficial, bajo
expediente N° 171089-2003.
Mediante Resolución N° 14863-2004/OSD-INDECOPI de fecha 10 de diciembre del
2004, la Oficina de Signos Distintivos declaró “improcedente” la solicitud del registro
del lema comercial solicitado. Luego de verificar que mediante Resolución N° 7579-
2004/OSD-INDECOPI de fecha 22 de junio del 2004, se había denegado el registro de
la marca de producto PRO-CAN SHOW y etiqueta, solicitado por Procesadora
Nacional de Alimentos C.A. PRONACA, para distinguir productos de la clase 31 de la
Nomenclatura Oficial (decisión que fue confirmada mediante Resolución N° 924-
2004/TPI-INDECOPI de fecha 14 de octubre del 2004), la Oficina consideró que –
dado el carácter accesorio del lema comercial y que constituye presupuesto
necesario para el registro de dicho signo que la marca de producto o servicio que
pretende publicitar se encuentre inscrita – el lema comercial solicitado no cumple
con el requisito de procedencia de ser complemento de una marca, razón por la que
la presente solicitud de registro “deviene en improcedente”.
Con fecha 31 de enero del 2005, Procesadora Nacional de Alimentos C.A.
PRONACA interpuso recurso de apelación manifestando que tiene intención de
impugnar judicialmente la Resolución N° 1057-2004/TPI-INDECOPI. En tal sentido,
solicitó se suspenda la resolución sobre el otorgamiento del lema comercial
solicitado en tanto se resuelva en el Poder Judicial si se otorga a registro la marca a
ser publicitada.
Con fecha 20 de abril del 2005, Procesadora Nacional de Alimentos C.A. PRONACA
adjuntó copia de la demanda de impugnación de resolución administrativa
interpuesta contra la Resolución N° 1057-2004/TPI-INDECOPI recaída en el
expediente N° 195624-2003.
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