Sentencia nº 001934-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Junio de 2010

Fecha de Resolución23 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente005-2004/CCO-ODI-PIU
TRIBUNAL DE DEF ENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 193 4-2010/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 005-2004/CCO-ODI-PIU
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
DEUDOR : HENRY ADAM STEWART GOTUZZO CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACION
IMPUGNANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU
MATERIA : IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
ABUSO DE DERECHO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO
EMPRESARIAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 867-2009/INDECOPI-PIU del 19 de
octubre de 2009, que declaró infundada la impugnación de acuerdos de
Junta de Acreedores presentada por Banco de Crédito del Perú el 9 de junio
de 2009, toda vez que no se ha acreditado un ejercicio abusivo de derecho
por parte de Banco Internacional del Perú puesto que la adopción de los
acuerdos impugnados obedecieron a la voluntad del señor Rodrigo Bazán
Dañino, legítimo titular de las acreencias frente al concursado.
Lima, 23 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. El 7 de marzo de 2005, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el estado
de liquidación del patrimonio del señor Henry Adam Stewart Gotuzzo (en
adelante, el señor Stewart), declarado por el Poder Judicial en aplicación del
2. El 18 de septiembre de 2007, se instaló la Junta de Acreedores del
patrimonio del señor Stewart, adoptándose los siguientes acuerdos: (i)
designar a Banco de Crédito del Perú (en adelante, BCP) como Presidente
de la Junta; (ii) designar a Ordenamiento y Desarrollo Empresarial S.A.C. (en
adelante, Ordem) como entidad liquidadora; y, (iii) aprobar y suscribir el
respectivo convenio de liquidación.
3. El 2 de febrero de 2009, la Junta de Acreedores del señor Stewart adoptó los
siguientes acuerdos: (i) nombrar a Banco Internacional del Perú (en adelante,
Interbank) como nuevo Presidente de la Junta; (ii) aprobar el cambio de
destino del patrimonio del señor Stewart de liquidación a uno de
reestructuración; (iii) aprobar el Plan de Reestructuración, consistente en la
condonación del 100% de los créditos comprendidos en el procedimiento; y,
(iv) concluir el procedimiento concursal del señor Stewart.
4. Mediante Resolución 178-2009/INDECOPI-PIU del 2 de abril de 2009, la
Comisión declaró la nulidad de los acuerdos adoptados por la Junta de

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